Madrid número 26 (BOCM-20210330-51)
Procedimiento 225/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 75
MARTES 30 DE MARZO DE 2021
Pág. 125
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
51
MADRID NÚMERO 26
EDICTO
En virtud de lo acordado en los autos de procedimiento ordinario 225/2020, por no ser
conocido el domicilio de don Jean Carlos Castellano Terrero, por resolución de fecha de
hoy, de conformidad con lo dispuesto e los artículos 156.4 y 164 de la LEC, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de decreto de admisión y el emplazamiento.
CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO
Tribunal que ordena emplazar: Juzgado de primera instancia número 26 de Madrid.
Asunto en el que se acuerda: El arriba referenciado.
Persona a la que se emplaza: don Jean Carlos Castellano Terrero, en concepto de parte demandada.
Domicilio: Paseo de Extremadura, número 144.4.o puerta 6, código postal 28011,
Madrid.
Objeto del emplazamiento: Comparecer en el juicio expresado, para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se acompaña copia de la demanda de los
documentos acompañados del decreto de admisión de aquélla.
Tribunal ante el que debe comparecer: En la sede de este Juzgado.
Plazo para comparecer: Veinte días hábiles computados desde el siguiente al de este
emplazamiento.
Prevenciones legales:
BOCM-20210330-51
Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso
(artículos 496 y 497 de la LEC).
La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia
de abogado (artículos 23 y 31 de la LEC). Si carece de medios suficientes para designar
abogado y/o procurador podrá solicitar el reconocimiento del derecho de asistencia jurídica gratuita ante el Colegio de Abogados del lugar en que se halle el Juzgado o Tribunal que
haya de conocer del proceso principal para el que aquél se solicita, o ante el Juzgado de su
domicilio, tal y como se establece en el artículo 12 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita Ley 1/1996, de 10 de enero.
Debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la LEC).
En Madrid, a 29 de octubre de 2020.—El/la funcionario del Cuerpo de Gestión/Tramitación.
Y para que sirva de notificación y emplazamiento a don Jean Carlos Castellano Terrero, expido y firmo la presente.
En Madrid a 26 de enero de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/4.765/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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MARTES 30 DE MARZO DE 2021
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
51
MADRID NÚMERO 26
EDICTO
En virtud de lo acordado en los autos de procedimiento ordinario 225/2020, por no ser
conocido el domicilio de don Jean Carlos Castellano Terrero, por resolución de fecha de
hoy, de conformidad con lo dispuesto e los artículos 156.4 y 164 de la LEC, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de decreto de admisión y el emplazamiento.
CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO
Tribunal que ordena emplazar: Juzgado de primera instancia número 26 de Madrid.
Asunto en el que se acuerda: El arriba referenciado.
Persona a la que se emplaza: don Jean Carlos Castellano Terrero, en concepto de parte demandada.
Domicilio: Paseo de Extremadura, número 144.4.o puerta 6, código postal 28011,
Madrid.
Objeto del emplazamiento: Comparecer en el juicio expresado, para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se acompaña copia de la demanda de los
documentos acompañados del decreto de admisión de aquélla.
Tribunal ante el que debe comparecer: En la sede de este Juzgado.
Plazo para comparecer: Veinte días hábiles computados desde el siguiente al de este
emplazamiento.
Prevenciones legales:
BOCM-20210330-51
Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso
(artículos 496 y 497 de la LEC).
La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia
de abogado (artículos 23 y 31 de la LEC). Si carece de medios suficientes para designar
abogado y/o procurador podrá solicitar el reconocimiento del derecho de asistencia jurídica gratuita ante el Colegio de Abogados del lugar en que se halle el Juzgado o Tribunal que
haya de conocer del proceso principal para el que aquél se solicita, o ante el Juzgado de su
domicilio, tal y como se establece en el artículo 12 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita Ley 1/1996, de 10 de enero.
Debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la LEC).
En Madrid, a 29 de octubre de 2020.—El/la funcionario del Cuerpo de Gestión/Tramitación.
Y para que sirva de notificación y emplazamiento a don Jean Carlos Castellano Terrero, expido y firmo la presente.
En Madrid a 26 de enero de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/4.765/21)
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