Madrid número 18 (BOCM-20210330-99)
Ejecución 118/2020
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 75
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE MARZO DE 2021
Pág. 185
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
99
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DOÑA PILAR ORTIZ MARTÍNEZ, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del
Juzgado de lo Social n.º 18 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 118/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido
a instancia de DON JESÚS EDUARDO CABRERA RAMON frente a VIVIENDA MODULAR SOSTENIBLE, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 2.503,48 euros de principal; 400,00 euros de intereses y costas provisionales, se declara la insolvencia provisional
total del ejecutado VIVIENDA MODULAR SOSTENIBLE, S. L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente
de pago.
Hágase entrega de los testimonios necesarios a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, los cuales se remitirán por correo certificado, con acuse de recibo.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación en legal forma a VIVIENDA MODULAR SOSTENIBLE, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 2 de marzo de 2021.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20210330-99
(03/7.902/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 75
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE MARZO DE 2021
Pág. 185
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
99
MADRID NÚMERO 18
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DOÑA PILAR ORTIZ MARTÍNEZ, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del
Juzgado de lo Social n.º 18 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 118/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido
a instancia de DON JESÚS EDUARDO CABRERA RAMON frente a VIVIENDA MODULAR SOSTENIBLE, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 2.503,48 euros de principal; 400,00 euros de intereses y costas provisionales, se declara la insolvencia provisional
total del ejecutado VIVIENDA MODULAR SOSTENIBLE, S. L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente
de pago.
Hágase entrega de los testimonios necesarios a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, los cuales se remitirán por correo certificado, con acuse de recibo.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación en legal forma a VIVIENDA MODULAR SOSTENIBLE, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 2 de marzo de 2021.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20210330-99
(03/7.902/21)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791