Madrid número 32 (BOCM-20210329-127)
Procedimiento 811/2019
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 74

LUNES 29 DE MARZO DE 2021

Pág. 327

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
127

MADRID NÚMERO 32
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Fojón Chamorro, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo
social número 32 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 811/2019 de este Juzgado de lo social,
seguido a instancias de don Mario Baeza Gaitero, frente a Paneuropea de Almacenes y Naves Industriales, S. A., y Alhos Concursal, S. L. P., sobre despidos/ceses en general, se ha
dictado la siguiente resolución:
Auto
En Madrid, a 11 de diciembre de 2020.
Parte dispositiva:
Se acuerda subsanar el defecto advertido en sentencia de 13 de octubre de 2020, que
debe quedar redactada en los siguientes términos en cuanto al fallo:
Fallo

BOCM-20210329-127

Que con estimación de la demanda presentada por don Mario Baeza Gaitero, contra
Paneuropea de Almacenes y Naves Industriales, S. A., debo declarar y declaró resuelta con
la fecha de esta sentencia la relación que unía las partes, condenando al demandado a abonar a la actora, en concepto de indemnización, 43.315,32 euros, así como 43.315,32 euros
de salarios. Y debo condenar y condenó al administrador Alhos Concursal, S. L. P., a estar
y pasar por tal declaración
Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.
Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma.—La ilustrísima señora magistradajuez, doña María Luisa Gil Meana.—El magistrado-juez.
Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos
que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Paneuropea de Almacenes y Naves
Industriales, S. A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 14 de diciembre de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/9.490/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791