Madrid número 9 (BOCM-20210329-96)
Procedimiento 571/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 74
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE MARZO DE 2021
Pág. 283
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
96
MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DOÑA MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA, LETRADA DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 9 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 571/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a
instancia de DON PEDRO LÓPEZ SÁNCHEZ frente a URCON MULTISERVICIOS, S. L.,
sobre despidos/ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA N.º: 77/2021
En Madrid a 23 de febrero de 2021.
DON JOSÉ MARÍA REYERO SAHELICES Magistrado-Juez del Juzgado de lo
Social n.° 9 del Juzgado y localidad o provincia Madrid tras haber visto los presentes autos
sobre despidos/ceses en general entre partes, de una y como demandante DON PEDRO LÓPEZ SÁNCHEZ, que comparece asistido del Letrado DON ANTONIO FERNANDO OLIVARES PERDONES y de otra como demandado URCON MULTISERVICIOS, S. L., que
no comparece estando citada en legal forma.
EN NOMBRE DEL REY
Ha dictado la siguiente
SENTENCIA
Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,
FALLO
Que estimando la demanda formulada por DON PEDRO LÓPEZ SÁNCHEZ frente a
URCON MULTISERVICIOS, SOCIEDAD LIMITADA, debo declarar y declaro IMPROCEDENTE el despido efectuado el 5/2/2020; y teniendo por ejercitada la opción por la indemnización, se declara extinguida la relación laboral a fecha de esta resolución, condenando a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 14.605,03 euros en concepto de
indemnización por despido, más la cantidad de 16.446,72 euros en concepto de salarios de
tramitación.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la
notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del
Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta de Consignaciones y Depósitos de este Órgano Judicial (IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274),
abierta en la entidad bancaria Banco Santander, sita en la calle Princesa n.º 2 de Madrid, debiendo hacer referencia en concepto al n.º de cuenta de Consignaciones de este Juzgado número de cuenta 2507-0000-00-0571-20 con referencia de la entidad remitente y la persona titular de la cuenta bancaria, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en
BOCM-20210329-96
Igualmente se condena a la empresa demandada al abono de la cantidad de 1.966,17 euros
en concepto de liquidación relación laboral con más el 10% de interés de mora.
B.O.C.M. Núm. 74
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE MARZO DE 2021
Pág. 283
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
96
MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DOÑA MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA, LETRADA DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 9 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 571/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a
instancia de DON PEDRO LÓPEZ SÁNCHEZ frente a URCON MULTISERVICIOS, S. L.,
sobre despidos/ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA N.º: 77/2021
En Madrid a 23 de febrero de 2021.
DON JOSÉ MARÍA REYERO SAHELICES Magistrado-Juez del Juzgado de lo
Social n.° 9 del Juzgado y localidad o provincia Madrid tras haber visto los presentes autos
sobre despidos/ceses en general entre partes, de una y como demandante DON PEDRO LÓPEZ SÁNCHEZ, que comparece asistido del Letrado DON ANTONIO FERNANDO OLIVARES PERDONES y de otra como demandado URCON MULTISERVICIOS, S. L., que
no comparece estando citada en legal forma.
EN NOMBRE DEL REY
Ha dictado la siguiente
SENTENCIA
Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,
FALLO
Que estimando la demanda formulada por DON PEDRO LÓPEZ SÁNCHEZ frente a
URCON MULTISERVICIOS, SOCIEDAD LIMITADA, debo declarar y declaro IMPROCEDENTE el despido efectuado el 5/2/2020; y teniendo por ejercitada la opción por la indemnización, se declara extinguida la relación laboral a fecha de esta resolución, condenando a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 14.605,03 euros en concepto de
indemnización por despido, más la cantidad de 16.446,72 euros en concepto de salarios de
tramitación.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la
notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del
Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta de Consignaciones y Depósitos de este Órgano Judicial (IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274),
abierta en la entidad bancaria Banco Santander, sita en la calle Princesa n.º 2 de Madrid, debiendo hacer referencia en concepto al n.º de cuenta de Consignaciones de este Juzgado número de cuenta 2507-0000-00-0571-20 con referencia de la entidad remitente y la persona titular de la cuenta bancaria, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en
BOCM-20210329-96
Igualmente se condena a la empresa demandada al abono de la cantidad de 1.966,17 euros
en concepto de liquidación relación laboral con más el 10% de interés de mora.