Pinto (BOCM-20210329-64)
Organización y funcionamiento. Régimen dedicación
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 74

LUNES 29 DE MARZO DE 2021

Pág. 247

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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PINTO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el 12 de marzo de 2021,
aprobó, entre otros, el acuerdo que a continuación se transcribe:
«Modificación de la relación de cargos
a desempeñar en régimen de dedicación exclusiva
El artículo 75.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, determina que los miembros de las Corporaciones locales percibirán retribuciones
por el ejercicio de sus cargos cuando los desempeñen con dedicación exclusiva, en cuyo
caso serán dados de alta en el régimen general de la Seguridad Social, asumiendo las Corporaciones el pago de las cuotas empresariales que corresponda, salvo lo dispuesto en el artículo anterior.
En el supuesto de tales retribuciones, su percepción será incompatible con la de otras
retribuciones con cargo a los presupuestos de las Administraciones públicas y de los entes,
organismos o empresas de ellas dependientes, así como para el desarrollo de otras actividades, todo ello en los términos de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
El apartado quinto de dicho artículo establece además que las Corporaciones locales
deben consignar en sus presupuestos tales retribuciones, dentro de los límites que con carácter general se establezcan, en su caso. Deberán publicarse íntegramente en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y fijarse en el tablón de anuncios de la Corporación los acuerdos plenarios referentes a retribuciones de los cargos con dedicación exclusiva y parcial y régimen de dedicación de estos últimos, indemnizaciones y asistencias, así
como los acuerdos del Presidente de la Corporación determinando los miembros de la misma que realizarán sus funciones en régimen de dedicación exclusiva o parcial.
En atención a lo expuesto, el Pleno del Ayuntamiento de Pinto, a propuesta del alcalde y en virtud de la competencia que le atribuye el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
ACUERDA
Primero.—Modificar el pronunciamiento segundo del Acuerdo número 21 adoptado en
la sesión plenaria ordinaria de 8 de agosto de 2019, con respecto a la relación de cargos a desempeñar en régimen de dedicación exclusiva, que queda redactada del modo siguiente:
NÚMERO
1

DENOMINACIÓN
ALCALDÍA-PRESIDENCIA

4

TENENCIAS DE ALCALDÍA

7

CONCEJALÍAS DELEGADAS

3

PORTAVOCÍAS DE GRUPOS MUNICIPALES

Segundo.—Dar traslado de esta resolución al Servicio de Recursos Humanos.
Tercero.—Publicar esta resolución en la página web del Ayuntamiento, en el tablón de
anuncios electrónico del Ayuntamiento, así como en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».
Pinto, a 16 de marzo de 2021.—El alcalde, Juan Diego Ortiz González.
(03/9.643/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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