Madrid número 25 (BOCM-20210327-10)
Procedimiento 987/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 34
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 27 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 73
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
10
MADRID NÚMERO 25
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LAURA FOJÓN CHAMORRO, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 25 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 987/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALEYDA LITE PASCUAL frente a CASSAINN CONSULTORES SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
En la Villa de Madrid, a 25 de febrero de 2021.
Vistos por la Ilma. Sra. Dª. MARÍA DEL PILAR GARCÍA DE ZÚÑIGA MARRERO, Magistrada adscrita como refuerzo del Juzgado de lo Social nº 25 de esta capital, los
presentes autos seguidos por Despido entre Dª. ALEYDA LITE PASCUAL como demandante, asistida y representada en el procedimiento por el Letrado D. LUIS SANZ HERNÁNDEZ, y como demandada CASSAIN CONSULTORES S.L. y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL (FOGASA) que dejaron voluntariamente de comparecer en el
procedimiento, habiendo sido citadas en forma,
Ha dictado la siguiente
SENTENCIA 43/2021
FALLO
ESTIMANDO la demanda formulada por Dª. ALEYDA LITE PASCUAL frente a
CASSAIN CONSULTORES S.L. DEBO DECLARAR y DECLARO LA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO articulado sobre dicha trabajadora, ASÍ COMO la definitiva EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL constituida en su día por los litigantes con efectos a partir de la fecha de la presente resolución CONDENANDO A LA EMPRESA
DEMANDADA a pagar a la trabajadora una indemnización por importe de QUINCE MIL
NOVECIENTOS UN EUROS CON SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS DE EURO
(15.901,78 euros), además de la cantidad de SIETE MIL CIENTO VEINTINUEVE
EUROS CON NOVENTA CÉNTIMOS DE EURO (7.129,90 ddddd) en concepto de salarios de tramitación devengados desde la fecha de la efectividad del despido hasta la fecha
de la extinción de la relación laboral en virtud de lo establecido en esta sentencia, sin perjuicio de la obligación de descontar de esta última cantidad lo que hubiera podido percibir
el actor en concepto de prestaciones por desempleo o en concepto de salarios derivados de
la realización de un nuevo trabajo durante el periodo concurrente.
Notifíquese la presente al Fondo de Garantía Salarial, que responderá de las consecuencias económicas previstas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores y siempre
dentro de los límites establecidos en el mencionado precepto.
Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo
por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a
su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se
BOCM-20210327-10
Y ESTIMANDO como estimo la demanda de RECLAMACIÓN DE CANTIDAD formulada por Dª. ALEYDA LITE PASCUAL frente a CASSAIN CONSULTORES S.L.
DEBO CONDENAR Y CONDENO a ésta a abonar a aquélla la cantidad de QUINIENTOS
SETENTA Y NUEVE EUROS CON DIECISÉIS CÉNTIMOS DE EURO (579,16 euros),
con el recargo del artículo 29.3 LET.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 27 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 73
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
10
MADRID NÚMERO 25
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. LAURA FOJÓN CHAMORRO, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 25 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 987/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALEYDA LITE PASCUAL frente a CASSAINN CONSULTORES SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
En la Villa de Madrid, a 25 de febrero de 2021.
Vistos por la Ilma. Sra. Dª. MARÍA DEL PILAR GARCÍA DE ZÚÑIGA MARRERO, Magistrada adscrita como refuerzo del Juzgado de lo Social nº 25 de esta capital, los
presentes autos seguidos por Despido entre Dª. ALEYDA LITE PASCUAL como demandante, asistida y representada en el procedimiento por el Letrado D. LUIS SANZ HERNÁNDEZ, y como demandada CASSAIN CONSULTORES S.L. y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL (FOGASA) que dejaron voluntariamente de comparecer en el
procedimiento, habiendo sido citadas en forma,
Ha dictado la siguiente
SENTENCIA 43/2021
FALLO
ESTIMANDO la demanda formulada por Dª. ALEYDA LITE PASCUAL frente a
CASSAIN CONSULTORES S.L. DEBO DECLARAR y DECLARO LA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO articulado sobre dicha trabajadora, ASÍ COMO la definitiva EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL constituida en su día por los litigantes con efectos a partir de la fecha de la presente resolución CONDENANDO A LA EMPRESA
DEMANDADA a pagar a la trabajadora una indemnización por importe de QUINCE MIL
NOVECIENTOS UN EUROS CON SETENTA Y OCHO CÉNTIMOS DE EURO
(15.901,78 euros), además de la cantidad de SIETE MIL CIENTO VEINTINUEVE
EUROS CON NOVENTA CÉNTIMOS DE EURO (7.129,90 ddddd) en concepto de salarios de tramitación devengados desde la fecha de la efectividad del despido hasta la fecha
de la extinción de la relación laboral en virtud de lo establecido en esta sentencia, sin perjuicio de la obligación de descontar de esta última cantidad lo que hubiera podido percibir
el actor en concepto de prestaciones por desempleo o en concepto de salarios derivados de
la realización de un nuevo trabajo durante el periodo concurrente.
Notifíquese la presente al Fondo de Garantía Salarial, que responderá de las consecuencias económicas previstas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores y siempre
dentro de los límites establecidos en el mencionado precepto.
Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo
por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a
su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se
BOCM-20210327-10
Y ESTIMANDO como estimo la demanda de RECLAMACIÓN DE CANTIDAD formulada por Dª. ALEYDA LITE PASCUAL frente a CASSAIN CONSULTORES S.L.
DEBO CONDENAR Y CONDENO a ésta a abonar a aquélla la cantidad de QUINIENTOS
SETENTA Y NUEVE EUROS CON DIECISÉIS CÉNTIMOS DE EURO (579,16 euros),
con el recargo del artículo 29.3 LET.