D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210327-3)
Convenio – Convenio específico de 11 de marzo de 2021, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Aladina, para la decoración de la Unidad de Medicina Nuclear Infantil y de Adultos de la planta sótano del edificio general del Hospital Universitario “12 de Octubre”
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 18
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 27 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 73
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
3
CONVENIO específico de 11 de marzo de 2021, entre la Comunidad de Madrid a
través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación
Aladina, para la decoración de la Unidad de Medicina Nuclear Infantil y de Adultos
de la planta sótano del edificio general del Hospital Universitario “12 de Octubre”.
REUNIDOS
De una parte, don Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad de la Comunidad de
Madrid, nombrado mediante Decreto 60/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus competencias, en representación de la Consejería de Sanidad, según lo dispuesto en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el 4.3 a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril,
de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de
enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De otra, don Juan Jorge González Armengol, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y
Director General del Servicio Madrileño de Salud, nombrado mediante Decreto 90/2020,
de 7 de octubre, del Consejo de Gobierno, en su nombre y en representación del Servicio
Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3 del Decreto 307/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, el artículo 1.2 del Decreto 308/2019, de 26
de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del
Servicio Madrileño de Salud, el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el
que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud
y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de mayo
de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Y de otra parte, doña Belén Lis López, Secretaria de la Fundación Aladina, con NIF
G-84489954, constituida por tiempo indefinido mediante escritura otorgada ante notario
don Juan Romero–Girón Deleito el 18 de octubre de 2005, domiciliada en la calle Tomás
Bretón, 50-52, 3.o, oficina 5, Madrid 28045, y en virtud de la delegación otorgada por
acuerdo del patronato de fecha 13 de marzo de 2017 elevado a público ante el notario don
Ignacio Manrique Plaza, en escritura número 779 el 23 de marzo de 2017.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, de conformidad,
MANIFIESTAN
Que tal como recoge el artículo 1 del Decreto 308/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de
Salud, el órgano de dirección del Servicio Madrileño de Salud es el Director General que,
a su vez, será el titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria.
Así mismo, el artículo 6 establece que la Dirección General de Infraestructuras Sanitarias será la encargada de la supervisión de proyectos de obras que afecten a su ámbito
competencial y al de la Consejería de Sanidad.
El presente convenio se enmarca dentro de las competencias que la Consejería de Sanidad tiene relativas a la humanización y que se recogen en el Decreto 307/2019, de 26 de
noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Sanidad.
Por último, el presente convenio se enmarca dentro de las competencias del Servicio
Madrileño de Salud y de la Comunidad de Madrid, en referencia al contenido mínimo que
BOCM-20210327-3
Primero
Pág. 18
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 27 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 73
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
3
CONVENIO específico de 11 de marzo de 2021, entre la Comunidad de Madrid a
través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación
Aladina, para la decoración de la Unidad de Medicina Nuclear Infantil y de Adultos
de la planta sótano del edificio general del Hospital Universitario “12 de Octubre”.
REUNIDOS
De una parte, don Enrique Ruiz Escudero, Consejero de Sanidad de la Comunidad de
Madrid, nombrado mediante Decreto 60/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus competencias, en representación de la Consejería de Sanidad, según lo dispuesto en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el 4.3 a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril,
de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de
enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De otra, don Juan Jorge González Armengol, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y
Director General del Servicio Madrileño de Salud, nombrado mediante Decreto 90/2020,
de 7 de octubre, del Consejo de Gobierno, en su nombre y en representación del Servicio
Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3 del Decreto 307/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, el artículo 1.2 del Decreto 308/2019, de 26
de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del
Servicio Madrileño de Salud, el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el
que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud
y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de mayo
de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Y de otra parte, doña Belén Lis López, Secretaria de la Fundación Aladina, con NIF
G-84489954, constituida por tiempo indefinido mediante escritura otorgada ante notario
don Juan Romero–Girón Deleito el 18 de octubre de 2005, domiciliada en la calle Tomás
Bretón, 50-52, 3.o, oficina 5, Madrid 28045, y en virtud de la delegación otorgada por
acuerdo del patronato de fecha 13 de marzo de 2017 elevado a público ante el notario don
Ignacio Manrique Plaza, en escritura número 779 el 23 de marzo de 2017.
Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, de conformidad,
MANIFIESTAN
Que tal como recoge el artículo 1 del Decreto 308/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de
Salud, el órgano de dirección del Servicio Madrileño de Salud es el Director General que,
a su vez, será el titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria.
Así mismo, el artículo 6 establece que la Dirección General de Infraestructuras Sanitarias será la encargada de la supervisión de proyectos de obras que afecten a su ámbito
competencial y al de la Consejería de Sanidad.
El presente convenio se enmarca dentro de las competencias que la Consejería de Sanidad tiene relativas a la humanización y que se recogen en el Decreto 307/2019, de 26 de
noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Sanidad.
Por último, el presente convenio se enmarca dentro de las competencias del Servicio
Madrileño de Salud y de la Comunidad de Madrid, en referencia al contenido mínimo que
BOCM-20210327-3
Primero