Madrid número 32 (BOCM-20210326-162)
Procedimiento 492/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 72
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE MARZO DE 2021
Pág. 445
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
162
MADRID NÚMERO 32
EDICTO
D. GUILLERMO VAZQUEZ ARIÑO LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 32 DE MADRID.
DOY FE Y TESTIMONIO:
Que en el juicio sobre delitos leves nº 492/2020 se ha dictado la presente sentencia,
que en su encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA Nº 262/2020
En Madrid, a 25 de Noviembre de 2020.
La Ilma. Dña. Rosa María Freire Pérez, Magistrada-Jueza del Juzgado de Instrucción
nº 32 de Madrid, en nombre de S.M. el Rey, ha visto los presentes autos de JUICIO DE DELITO LEVE nº 492/2020 sobre la comisión de un delito leve de HURTO en los que han
sido partes el Ministerio Fiscal en ejercicio de la acción pública, ESTABLECIMIENTO
DÍA en calidad de perjudicado y EDUARDO GARCÍA GARCÍA como denunciado, con
los siguientes:
FALLO
Que debo condenar y condeno a EDUARDO GARCÍA GARCÍA como autor responsable de un delito leve intentado de hurto a la pena de 29 DÍAS DE MULTA CON UNA
CUOTA DIARIA DE 6 EUROS, con el arresto sustitutorio legalmente previsto en caso de
impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas y con imposición de las costas del juicio.
Con levantamiento del depósito y entrega definitiva de los objetos sustraídos al establecimiento comercial.
Tales cantidades deben ser ingresadas sin previo requerimiento en la cuenta numero 2552 0000 76 0492 20 del Banco de Santander, debiendo aportar justificante del ingreso realizado.
Notifíquese la presente resolución a las partes previniéndoles de que contra la misma
podrán interponer, ante este Juzgado, recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días, siguientes al de su notificación. Durante dicho periodo, las actuaciones se hallarán en la Secretaría de este Juzgado a disposición de las partes; el recurso se formalizará por escrito con los requisitos establecidos en el art. 790 de la
Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a EDUARDO GARCIA GARCIA, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, expido la presente.
En Madrid, a 26 de febrero de 2021.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/7.493/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210326-162
Así por ésta mi Sentencia de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para
su notificación y cumplimiento, definitivamente juzgando, lo pronuncia, mando y firmo.
B.O.C.M. Núm. 72
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE MARZO DE 2021
Pág. 445
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
162
MADRID NÚMERO 32
EDICTO
D. GUILLERMO VAZQUEZ ARIÑO LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 32 DE MADRID.
DOY FE Y TESTIMONIO:
Que en el juicio sobre delitos leves nº 492/2020 se ha dictado la presente sentencia,
que en su encabezamiento y fallo dice:
SENTENCIA Nº 262/2020
En Madrid, a 25 de Noviembre de 2020.
La Ilma. Dña. Rosa María Freire Pérez, Magistrada-Jueza del Juzgado de Instrucción
nº 32 de Madrid, en nombre de S.M. el Rey, ha visto los presentes autos de JUICIO DE DELITO LEVE nº 492/2020 sobre la comisión de un delito leve de HURTO en los que han
sido partes el Ministerio Fiscal en ejercicio de la acción pública, ESTABLECIMIENTO
DÍA en calidad de perjudicado y EDUARDO GARCÍA GARCÍA como denunciado, con
los siguientes:
FALLO
Que debo condenar y condeno a EDUARDO GARCÍA GARCÍA como autor responsable de un delito leve intentado de hurto a la pena de 29 DÍAS DE MULTA CON UNA
CUOTA DIARIA DE 6 EUROS, con el arresto sustitutorio legalmente previsto en caso de
impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas y con imposición de las costas del juicio.
Con levantamiento del depósito y entrega definitiva de los objetos sustraídos al establecimiento comercial.
Tales cantidades deben ser ingresadas sin previo requerimiento en la cuenta numero 2552 0000 76 0492 20 del Banco de Santander, debiendo aportar justificante del ingreso realizado.
Notifíquese la presente resolución a las partes previniéndoles de que contra la misma
podrán interponer, ante este Juzgado, recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días, siguientes al de su notificación. Durante dicho periodo, las actuaciones se hallarán en la Secretaría de este Juzgado a disposición de las partes; el recurso se formalizará por escrito con los requisitos establecidos en el art. 790 de la
Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a EDUARDO GARCIA GARCIA, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, expido la presente.
En Madrid, a 26 de febrero de 2021.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/7.493/21)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Así por ésta mi Sentencia de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para
su notificación y cumplimiento, definitivamente juzgando, lo pronuncia, mando y firmo.