Madrid número 2 (BOCM-20210326-62)
Procedimiento 1246/2018
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 72

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
62

MADRID NÚMERO 2
EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal número 1246/2018 (desahucio precario), entre Gramina Homes, S. L., y don Samuel Barrull García e ignorados ocupantes de la calle Quince de agosto, número 4, tercero derecha, 28026 Madrid, en cuyos autos
se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
Sentencia número 136/2019
En Madrid, a 7 de junio de 2019.—Vistos por doña Cristina Fernández Gil, magistrada-juez de primera instancia del Juzgado número 2 de Madrid, los presentes autos de juicio
verbal sobre desahucio por precario, tramitados con el número 1246/2018, a instancias de
Bankia, S. A., representado por la procuradora doña Mónica García Vicente y asistida por
la letrada doña María Gil Puerto, contra don Samuel Barrull García, representado por el
procurador don Silvino González Moreno y asistido por la letrada doña Alba Padrino Gregorio y los ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Quince de agosto, número 4,
tercero derecha, de Madrid.
Fallo

BOCM-20210326-62

Que estimando íntegramente la demanda promovida por Bankia, S. A., representada
por la procuradora doña Mónica García Vicente y asistida por la letrada doña María Gil
Puerto, contra don Samuel Barrull García, representado por el procurador don Silvino González Moreno y asistido por la letrada doña ALBA PADRINO GREGORIO, y los ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Quince de agosto, número 4, tercero derecha,
de Madrid, debo declarar y declaro que el demandado ha ocupado la referida vivienda en
precario, y debo condenar y condeno al demandado a dejar libre, vacua y a disposición de
la parte actora, dicha vivienda, bajo apercibimiento de que, en caso contrario, se procederá
a su lanzamiento, imponiendo las costas a la parte demandada.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de
Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución
de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2430-0000-03-1246-18 de este Órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en
la cuenta número: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “Beneficiario”: Juzgado de primera instancia número 2 de Madrid, y en el campo “Observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2430-0000-03-1246-18.
Y para que sirva de notificación a los ignorados ocupantes de la calle Quince de Agosto, número 4, tercero derecha, 28026 Madrid, expido y firmo el presente.
En Madrid, a 4 de marzo de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia.
(02/8.919/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791