Málaga número 6 (BOCM-20210326-206)
Procedimiento 12/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 502
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 72
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
206
MÁLAGA NÚMERO 6
EDICTO
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 6 DE
MALAGA.
HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 12/2020, sobre
Procedimiento Ordinario, a instancia de JUAN MIGUEL ROMERO VILLANUEVA contra GRUPO EXCELTIA SA, en la que con fecha se ha dictado Auto que sustancialmente
dice lo siguiente:
SENTENCIA nº 73/2021
En Málaga, a dieciocho de febrero de dos mil veintiuno.Vistos por Dª Victoria Gallego Funes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número seis de Málaga, los precedentes autos número 12/2020 seguidos.a instancia de D.
JUAN MIGUEL MORENO VILLANUEVA (DNI nº76.6400.360-J ), asistido por Letrado/a Sr/a. López López, frente a la empresa GRUPO EXCELTIA, S.A. (CIF nº A82213703), que no comparece, sobre RECLAMACION DE CANTIDAD.
FALLO
Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por D.
JUAN MIGUEL MORENO VILLANUEVA, frente a la empresa GRUPO EXCELTIA,
S.A. (CIF nº A-82213703), sobre RECLAMACION DE CANTIDAD, debo condenar y la
empresas demandada a que abone a la parte demandante la cantidad de 1.627,17 euros, mas
el 10% del interés moratorio sobre los conceptos salariales.
Y para que sirva de notificación en forma a GRUPO EXCELTIA SA, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín
Oficial de la COMUNIDAD DE MADRID con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo
las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas
aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Málaga, a veintidós de febrero de dos mil veintiuno.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
BOCM-20210326-206
(03/7.614/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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VIERNES 26 DE MARZO DE 2021
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
206
MÁLAGA NÚMERO 6
EDICTO
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 6 DE
MALAGA.
HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 12/2020, sobre
Procedimiento Ordinario, a instancia de JUAN MIGUEL ROMERO VILLANUEVA contra GRUPO EXCELTIA SA, en la que con fecha se ha dictado Auto que sustancialmente
dice lo siguiente:
SENTENCIA nº 73/2021
En Málaga, a dieciocho de febrero de dos mil veintiuno.Vistos por Dª Victoria Gallego Funes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número seis de Málaga, los precedentes autos número 12/2020 seguidos.a instancia de D.
JUAN MIGUEL MORENO VILLANUEVA (DNI nº76.6400.360-J ), asistido por Letrado/a Sr/a. López López, frente a la empresa GRUPO EXCELTIA, S.A. (CIF nº A82213703), que no comparece, sobre RECLAMACION DE CANTIDAD.
FALLO
Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por D.
JUAN MIGUEL MORENO VILLANUEVA, frente a la empresa GRUPO EXCELTIA,
S.A. (CIF nº A-82213703), sobre RECLAMACION DE CANTIDAD, debo condenar y la
empresas demandada a que abone a la parte demandante la cantidad de 1.627,17 euros, mas
el 10% del interés moratorio sobre los conceptos salariales.
Y para que sirva de notificación en forma a GRUPO EXCELTIA SA, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín
Oficial de la COMUNIDAD DE MADRID con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo
las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas
aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Málaga, a veintidós de febrero de dos mil veintiuno.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791