Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20210325-62)
Régimen económico. Padrones fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 71
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MARZO DE 2021
Pág. 209
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
RIVAS-VACIAMADRID
En la Oficina del Departamento de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento, sita en la
plaza de la Constitución, número 1, y por el plazo de quince días hábiles, se encuentran a
disposición de los interesados los padrones fiscales del impuesto sobre bienes inmuebles de
naturaleza urbana y rústica, impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, de la tasa por
la entrada de vehículos a través de aceras y vías públicas y de la tasa por la prestación del
servicio de recogida de residuos sólidos urbanos-ecotasa del año 2021.
El período de recaudación voluntaria es el que a continuación se indica:
— Primer plazo (50 por 100 de la cuota tributaria): desde el 1 de mayo hasta el 30 de
junio de 2021, ambos incluidos (o el inmediato hábil posterior).
— Segundo plazo (50 por 100 de la cuota tributaria): desde el 15 de septiembre hasta
el 15 de noviembre de 2021, ambos incluidos (o el inmediato hábil posterior).
Para los recibos no domiciliados, el documento para efectuar el pago de la deuda será
enviado al domicilio fiscal de los contribuyentes. En el supuesto de no recibirlo, deberá solicitarlo previa cita tramitada en la web municipal, en las Oficina Atención a la Ciudadanía
del Ayuntamiento dentro de los plazos de pago voluntario establecidos para cada tributo
(plaza de la Constitución, número 1, y plaza 19 de Abril, sin número). Si usted dispone de
Certificado Digital y/o Cl@ve Concertada, también podrá obtenerlo por medio de la Oficina Virtual Tributaria en la siguiente dirección electrónica: https://tributos.rivasciudad.es
Para los recibos que consten domiciliados en cualquier entidad financiera o caja de ahorros, el aviso, con los datos particulares del tributo, será remitido a la persona obligada al pago
por correo electrónico. Si usted no hubiera informado al Ayuntamiento de su dirección electrónica, podrá solicitar el documento en la Oficina de Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento (plaza de la Constitución, número 1, y plaza 19 de Abril, sin número). Si dispone de
Certificado Digital y/o Cl@ve Concertada, también podrá obtenerlo por medio de la Oficina
Virtual Tributaria en la siguiente dirección electrónica: https://tributos.rivasciudad.es
El pago podrá hacerlo en:
— La Oficina Virtual Tributaria, sita en la web municipal en la siguiente dirección
electrónica: https://tributos.rivasciudad.es (registrando los datos particulares del
recibo, o con Certificado Digital y/o Cl@ve Concertada).
— Las entidades colaboradoras que se indican en los recibos, en cualquiera de sus sucursales de todo el territorio nacional.
En caso de duda o error, los contribuyentes podrán informarse en el Departamento de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, a través de los siguientes medios:
— Registro de Entrada del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid:
d https://www.rivasciudad.es/tramite/registro-electronico/
— Teléfono: 916 602 700.
— Correo electrónico: gtributaria@rivasciudad.es
— Web municipal: https://www.rivasciudad.es
Si desea comunicarse por medio de correo electrónico, envíe su dirección a través de
https://www.rivasciudad.es/el-ayuntamiento-te-informa/
Transcurrido los plazos de ingreso señalados, las deudas serán exigibles por procedimiento ejecutivo y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso,
las costas que se produzcan de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 160 y siguientes de
la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
En Rivas-Vaciamadrid, a 11 de marzo de 2021.—El alcalde-presidente, Pedro del
Cura Sánchez.
(01/9.103/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210325-62
RÉGIMEN ECONÓMICO
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En la Oficina del Departamento de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento, sita en la
plaza de la Constitución, número 1, y por el plazo de quince días hábiles, se encuentran a
disposición de los interesados los padrones fiscales del impuesto sobre bienes inmuebles de
naturaleza urbana y rústica, impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, de la tasa por
la entrada de vehículos a través de aceras y vías públicas y de la tasa por la prestación del
servicio de recogida de residuos sólidos urbanos-ecotasa del año 2021.
El período de recaudación voluntaria es el que a continuación se indica:
— Primer plazo (50 por 100 de la cuota tributaria): desde el 1 de mayo hasta el 30 de
junio de 2021, ambos incluidos (o el inmediato hábil posterior).
— Segundo plazo (50 por 100 de la cuota tributaria): desde el 15 de septiembre hasta
el 15 de noviembre de 2021, ambos incluidos (o el inmediato hábil posterior).
Para los recibos no domiciliados, el documento para efectuar el pago de la deuda será
enviado al domicilio fiscal de los contribuyentes. En el supuesto de no recibirlo, deberá solicitarlo previa cita tramitada en la web municipal, en las Oficina Atención a la Ciudadanía
del Ayuntamiento dentro de los plazos de pago voluntario establecidos para cada tributo
(plaza de la Constitución, número 1, y plaza 19 de Abril, sin número). Si usted dispone de
Certificado Digital y/o Cl@ve Concertada, también podrá obtenerlo por medio de la Oficina Virtual Tributaria en la siguiente dirección electrónica: https://tributos.rivasciudad.es
Para los recibos que consten domiciliados en cualquier entidad financiera o caja de ahorros, el aviso, con los datos particulares del tributo, será remitido a la persona obligada al pago
por correo electrónico. Si usted no hubiera informado al Ayuntamiento de su dirección electrónica, podrá solicitar el documento en la Oficina de Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento (plaza de la Constitución, número 1, y plaza 19 de Abril, sin número). Si dispone de
Certificado Digital y/o Cl@ve Concertada, también podrá obtenerlo por medio de la Oficina
Virtual Tributaria en la siguiente dirección electrónica: https://tributos.rivasciudad.es
El pago podrá hacerlo en:
— La Oficina Virtual Tributaria, sita en la web municipal en la siguiente dirección
electrónica: https://tributos.rivasciudad.es (registrando los datos particulares del
recibo, o con Certificado Digital y/o Cl@ve Concertada).
— Las entidades colaboradoras que se indican en los recibos, en cualquiera de sus sucursales de todo el territorio nacional.
En caso de duda o error, los contribuyentes podrán informarse en el Departamento de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, a través de los siguientes medios:
— Registro de Entrada del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid:
d https://www.rivasciudad.es/tramite/registro-electronico/
— Teléfono: 916 602 700.
— Correo electrónico: gtributaria@rivasciudad.es
— Web municipal: https://www.rivasciudad.es
Si desea comunicarse por medio de correo electrónico, envíe su dirección a través de
https://www.rivasciudad.es/el-ayuntamiento-te-informa/
Transcurrido los plazos de ingreso señalados, las deudas serán exigibles por procedimiento ejecutivo y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso,
las costas que se produzcan de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 160 y siguientes de
la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
En Rivas-Vaciamadrid, a 11 de marzo de 2021.—El alcalde-presidente, Pedro del
Cura Sánchez.
(01/9.103/21)
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ISSN 1989-4791
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