Madrid número 4 (BOCM-20210325-97)
Procedimiento 743/2019
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 254
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 71
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
97
MADRID NÚMERO 4
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 4 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 743/2019 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. ANGELES CAMACHO ROMERO frente a GENTEEL SOUND SL
sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
Estimo la demanda interpuesta por Ángeles Camacho Romero contra Genteel Sound,
S.L y el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), y condeno a Genteel Sound, S.L a hacerle pago de la cantidad de seis mil doscientos noventa y dos euros y ochenta y nueve céntimos (6.292,89 euros), más sus intereses moratorios al tipo del 10% anual, absolviendo al
FOGASA, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los
cinco días hábiles siguientes al de la notificación del presente fallo, siendo indispensable que
al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce
del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en la
cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad bancaria BANCO DE SANTANDER, sita en la calle Princesa nº2 a) mediante ingreso nº 2502 000000 nº
de autos con 4v dígitos y año con 2, b) mediante transferencia IBAN ES 55 0049 3569 9200
0500 1274 en concepto 2502-0000-00, nº de procedimiento con 4 dígitos y año con 2 dígitos, o presente aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe; depositando además la cantidad de 300 euros y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GENTEEL SOUND SL,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintitrés de febrero de dos mil veintiuno.
BOCM-20210325-97
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/7.344/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 254
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 71
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
97
MADRID NÚMERO 4
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 4 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 743/2019 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. ANGELES CAMACHO ROMERO frente a GENTEEL SOUND SL
sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
Estimo la demanda interpuesta por Ángeles Camacho Romero contra Genteel Sound,
S.L y el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), y condeno a Genteel Sound, S.L a hacerle pago de la cantidad de seis mil doscientos noventa y dos euros y ochenta y nueve céntimos (6.292,89 euros), más sus intereses moratorios al tipo del 10% anual, absolviendo al
FOGASA, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los
cinco días hábiles siguientes al de la notificación del presente fallo, siendo indispensable que
al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce
del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en la
cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad bancaria BANCO DE SANTANDER, sita en la calle Princesa nº2 a) mediante ingreso nº 2502 000000 nº
de autos con 4v dígitos y año con 2, b) mediante transferencia IBAN ES 55 0049 3569 9200
0500 1274 en concepto 2502-0000-00, nº de procedimiento con 4 dígitos y año con 2 dígitos, o presente aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe; depositando además la cantidad de 300 euros y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a GENTEEL SOUND SL,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintitrés de febrero de dos mil veintiuno.
BOCM-20210325-97
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/7.344/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791