Madrid número 11 (BOCM-20210325-125)
Procedimiento 575/2019
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 71

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
125

MADRID NÚMERO 11
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. ESTEFANIA LEIRE HERRANZ GOMEZ Letrada de la Admón de Justicia del Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 575/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. DOMINGO OVIAÑO JURADO frente a NOVO SEGUR SEGURIDAD PRIVADA SA y D./ ATICUS OCAÑA MARTIN sobre Procedimiento Ordinario
se ha dictado la siguiente Sentencia cuya parte dispositiva dispone:
FALLO
Estimando la demanda interpuesta por D. Domingo Oviaño Jurado, contra, NOVOSEGUR SEGURIDAD PRIVADA S.A. y D. ATICUS OCAÑA MARTÍN, en reclamación de
cantidad, debo reconocer el derecho del demandante a percibir la cantidad de 5.589,10
euros, por los conceptos y períodos indicados, condenando a los demandados a estar y pasar por la citada declaración, y, a la empresa demandada, Novosegur Seguridad Privada
S.A., a abonar al actor la cantidad expresada.
Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo
por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a
su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se
advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al
tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55
0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2509-0000-00-0575-19 del Banco Santander aportando
el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el
importe íntegro de la condena en el Banco Santander o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el
que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Y para que sirva de notificación en legal forma a NOVO SEGUR SEGURIDAD PRIVADA SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a once de marzo de dos mil veintiuno.

BOCM-20210325-125

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/9.081/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791