Meco (BOCM-20210325-60)
Organización y funcionamiento. Delegación de competencias
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 71
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE MARZO DE 2021
Pág. 207
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60
MECO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20210325-60
Modificación de delegación de competencias de la Alcaldía en la Junta de Gobierno
Local adoptada por Decreto 969/2021, de 11 de marzo.
Considerando la Resolución de Alcaldía 67/2021, de 13 de enero, por la que se determinan las competencias de la Junta de Gobierno Local delegadas por el alcalde.
Teniendo en cuenta los principios de eficacia y eficiencia que rigen el funcionamiento de la Administración, así como impulso de los procedimientos en el departamento de
contratación.
Tomando en consideración lo previsto en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, según redacción dada por la Ley 11/1999,
de 21 de abril, posteriormente modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, y posteriores modificaciones como la Ley 27/2013, de Racionalidad y Sostenibilidad de Administración Local, y lo previsto en el artículo 21.3 en relación con el 23.2.b de la misma Ley.
Es por lo que, en el uso de las facultades conferidas en los preceptos citados, resuelvo:
Primero.—Modificar la Resolución de Alcaldía 67/2021 en su resuelvo primero, apartado 2.o, quedando con la siguiente redacción:
“2.o Las de contratación y concesiones administrativas cuyo valor estimado se encuentre entre 15.000,00 euros (IVA no incluido) y el 10 por 100 de los recursos ordinarios
del presupuesto municipal, de conformidad con lo recogido en la disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, excepto las competencias en
materia de incoación, impulso e inicio de los expedientes”.
Segundo.—Dese cuenta al Ayuntamiento Pleno en la próxima sesión plenaria, así
como en la Junta de Gobierno Local.
Tercero.—Publíquese las delegaciones en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, tablón de anuncios de la Casa Consistorial y sede electrónica, a los efectos legales oportunos.
Meco, a 11 de marzo de 2021.—El alcalde-presidente, Pedro Luis Sanz Carlavilla.
(03/9.124/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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AYUNTAMIENTO DE
60
MECO
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BOCM-20210325-60
Modificación de delegación de competencias de la Alcaldía en la Junta de Gobierno
Local adoptada por Decreto 969/2021, de 11 de marzo.
Considerando la Resolución de Alcaldía 67/2021, de 13 de enero, por la que se determinan las competencias de la Junta de Gobierno Local delegadas por el alcalde.
Teniendo en cuenta los principios de eficacia y eficiencia que rigen el funcionamiento de la Administración, así como impulso de los procedimientos en el departamento de
contratación.
Tomando en consideración lo previsto en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, según redacción dada por la Ley 11/1999,
de 21 de abril, posteriormente modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, y posteriores modificaciones como la Ley 27/2013, de Racionalidad y Sostenibilidad de Administración Local, y lo previsto en el artículo 21.3 en relación con el 23.2.b de la misma Ley.
Es por lo que, en el uso de las facultades conferidas en los preceptos citados, resuelvo:
Primero.—Modificar la Resolución de Alcaldía 67/2021 en su resuelvo primero, apartado 2.o, quedando con la siguiente redacción:
“2.o Las de contratación y concesiones administrativas cuyo valor estimado se encuentre entre 15.000,00 euros (IVA no incluido) y el 10 por 100 de los recursos ordinarios
del presupuesto municipal, de conformidad con lo recogido en la disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, excepto las competencias en
materia de incoación, impulso e inicio de los expedientes”.
Segundo.—Dese cuenta al Ayuntamiento Pleno en la próxima sesión plenaria, así
como en la Junta de Gobierno Local.
Tercero.—Publíquese las delegaciones en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, tablón de anuncios de la Casa Consistorial y sede electrónica, a los efectos legales oportunos.
Meco, a 11 de marzo de 2021.—El alcalde-presidente, Pedro Luis Sanz Carlavilla.
(03/9.124/21)
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