Moraleja de Enmedio (BOCM-20210324-68)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 70
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE MARZO DE 2021
Pág. 193
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
68
MORALEJA DE ENMEDIO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20210324-68
El Pleno del Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio, en sesión extraordinaria celebrada el día 9 de marzo de 2021, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial
del dominio público, y, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70-2.o de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56
del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a
la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para
que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones y/o sugerencias que se estimen
oportunas.
Si, transcurrido dicho plazo, no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Moraleja de Enmedio, a 11 de marzo de 2021.—La alcaldesa, María del Valle Luna
Zarza.
(03/8.945/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Pág. 193
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
68
MORALEJA DE ENMEDIO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20210324-68
El Pleno del Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio, en sesión extraordinaria celebrada el día 9 de marzo de 2021, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial
del dominio público, y, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70-2.o de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56
del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a
la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para
que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones y/o sugerencias que se estimen
oportunas.
Si, transcurrido dicho plazo, no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Moraleja de Enmedio, a 11 de marzo de 2021.—La alcaldesa, María del Valle Luna
Zarza.
(03/8.945/21)
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ISSN 1989-4791