Alcalá de Henares (BOCM-20210324-52)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 70
MIÉRCOLES 24 DE MARZO DE 2021
Pág. 165
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52
ALCALÁ DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del acuerdo de 5 de marzo de 2021, de la Junta de Gobierno Local, por el que
se aprueba la concesión de subvenciones destinadas a la reparación, mantenimiento, conservación y limpieza de áreas industriales de uso público y mantenimiento privado, destinadas a paliar los efectos del temporal “Filomena”, para el ejercicio 2021.
Número de BDNS: 553350
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/lindex):
Primero. Beneficiarios
Pueden presentar solicitud de subvención a esta convocatoria los propietarios de los suelos industriales, las entidades urbanísticas de conservación y las comunidades de propietarios
legalmente constituidas y aquellas entidades análogas que reúnan los siguientes requisitos:
— Tener personalidad jurídica.
— Encontrarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
— Estar al corriente de las obligaciones fiscales generales, o en su caso, contar con la
exención de acuerdo con la normativa vigente.
— Estar al corriente de las obligaciones fiscales municipales. No podrán obtener subvenciones quienes tengan deudas pendientes en período ejecutivo de pago con el
Ayuntamiento de Alcalá de Henares, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas.
— No recibirán subvención con cargo a la presente convocatoria, aquellos que, habiendo recibido ayuda con anterioridad, no hayan procedido a su justificación, de
acuerdo con las normas reguladoras de la convocatoria que corresponda.
— No podrán ser beneficiarias de las subvenciones de ésta convocatoria aquellos solicitantes en los que concurra alguna de las circunstancias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de
noviembre.
Para el ejercicio 2021 se ha creado una línea de ayudas de carácter extraordinario, destinadas para paliar los efectos del temporal “Filomena”, causante de graves perjuicios a las
áreas industriales no públicas pertenecientes al municipio de Alcalá de Henares.
Conceptos subvencionables: las siguientes actuaciones realizadas en el viario y zonas
verdes de las áreas industriales de uso público y mantenimiento privado:
— Limpieza y retirada de nieve: gastos del alquiler de maquinaria y derivados de la
contratación de dichos servicios con terceros.
— Adquisición de sal para la prevención o disminución de los efectos de las heladas.
— Poda, tala, retirada y sustitución del arbolado dañado por el temporal.
— Reparación/sustitución de estructuras dañadas por el peso de las nevadas.
Las actuaciones consideradas como gastos justificables deberán estar realizadas:
— Limpieza y retirada de nieve: del 7 al 19 de enero.
— Adquisición de sal: del 5 al 12 de enero.
— Poda, tala, retirada y sustitución de arbolado: del 7 de enero hasta la finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
— Reparación/sustitución de estructuras: del 7 de enero hasta la finalización del plazo
de presentación de solicitudes.
BOCM-20210324-52
Segundo. Finalidad
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 70
MIÉRCOLES 24 DE MARZO DE 2021
Pág. 165
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
52
ALCALÁ DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del acuerdo de 5 de marzo de 2021, de la Junta de Gobierno Local, por el que
se aprueba la concesión de subvenciones destinadas a la reparación, mantenimiento, conservación y limpieza de áreas industriales de uso público y mantenimiento privado, destinadas a paliar los efectos del temporal “Filomena”, para el ejercicio 2021.
Número de BDNS: 553350
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/lindex):
Primero. Beneficiarios
Pueden presentar solicitud de subvención a esta convocatoria los propietarios de los suelos industriales, las entidades urbanísticas de conservación y las comunidades de propietarios
legalmente constituidas y aquellas entidades análogas que reúnan los siguientes requisitos:
— Tener personalidad jurídica.
— Encontrarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
— Estar al corriente de las obligaciones fiscales generales, o en su caso, contar con la
exención de acuerdo con la normativa vigente.
— Estar al corriente de las obligaciones fiscales municipales. No podrán obtener subvenciones quienes tengan deudas pendientes en período ejecutivo de pago con el
Ayuntamiento de Alcalá de Henares, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas.
— No recibirán subvención con cargo a la presente convocatoria, aquellos que, habiendo recibido ayuda con anterioridad, no hayan procedido a su justificación, de
acuerdo con las normas reguladoras de la convocatoria que corresponda.
— No podrán ser beneficiarias de las subvenciones de ésta convocatoria aquellos solicitantes en los que concurra alguna de las circunstancias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de
noviembre.
Para el ejercicio 2021 se ha creado una línea de ayudas de carácter extraordinario, destinadas para paliar los efectos del temporal “Filomena”, causante de graves perjuicios a las
áreas industriales no públicas pertenecientes al municipio de Alcalá de Henares.
Conceptos subvencionables: las siguientes actuaciones realizadas en el viario y zonas
verdes de las áreas industriales de uso público y mantenimiento privado:
— Limpieza y retirada de nieve: gastos del alquiler de maquinaria y derivados de la
contratación de dichos servicios con terceros.
— Adquisición de sal para la prevención o disminución de los efectos de las heladas.
— Poda, tala, retirada y sustitución del arbolado dañado por el temporal.
— Reparación/sustitución de estructuras dañadas por el peso de las nevadas.
Las actuaciones consideradas como gastos justificables deberán estar realizadas:
— Limpieza y retirada de nieve: del 7 al 19 de enero.
— Adquisición de sal: del 5 al 12 de enero.
— Poda, tala, retirada y sustitución de arbolado: del 7 de enero hasta la finalización
del plazo de presentación de solicitudes.
— Reparación/sustitución de estructuras: del 7 de enero hasta la finalización del plazo
de presentación de solicitudes.
BOCM-20210324-52
Segundo. Finalidad