Madrid número 40 (BOCM-20210324-168)
Procedimiento 671/2020
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 70

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE MARZO DE 2021

Pág. 319

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
168

MADRID NÚMERO 40
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. CARMEN LUCIA CASTELLANO VAZQUEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN.
DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 40 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 671/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. MARIA GABRIELA ASCARIBAY AMORES frente a D&B CLÍNICA DENTAL GREEN S.L sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado Sentencia nº 72/2021
en fecha 17/02/2021, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO
Estimo la demanda interpuesta por DѪ MARIA GABRIELA ASCARIBAY AMORES contra la empresa D&B CLINICA DENTAL GREEN SL, y declaro improcedente el
despido efectuado el 16-03-2020, y no siendo posible la readmisión declaro extinguida la
relación laboral que liga a las partes condenando a la empresa D&B CLINICA DENTAL
GREEN SL a estar y pasar por esta resolución y a abonar a la parte actora las cantidades
que a continuación se desglosan en concepto de indemnización y salarios de tramitación:
INDEMNIZACION: 2.104,68 euros.
SALARIOS DE TRAMITACION: 6.436,53 euros.
Estimo parcialmente la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por DѪ MARIA GABRIELA ASCARIBA Y AMORES contra la empresa D&B CLINICA DENTAL
GREEN SL, y condeno a la empresa demandada a abonar al demandante la cantidad de
1.975,81 euros, más interés por mora del 10% devengado desde el 05-05-2020.
Todo ello con la responsabilidad que en su caso corresponda al Fondo de Garantía Salarial dentro de los límites legales.

Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta
en BANCO SANTANDER (Calle Princesa nº3, 1ª planta 28008-Madrid), a nombre de este
Juzgado con el número 4684-0000-65-NºEXPEDIENTE-AÑO, indicando la persona o
empresa que efectúa el ingreso, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de
haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta
abierta en la misma entidad con el número 4684-0000-69-Nº EXPEDIENTE-AÑO la cantidad objeto de condena, siendo posible la transferencia del importe a la misma entidad o
formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso,
el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos,
definitivamente juzgado en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D&B CLÍNICA DEN-

BOCM-20210324-168

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer
Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por
comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la
notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación.