Madrid número 54 (BOCM-20210324-91)
Procedimiento 1022/2019
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BOCM
Pág. 222
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 70
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
91
MADRID NÚMERO 54
EDICTO
En los autos de procedimiento verbal (250.2) número 1022/2019, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
Sentencia número 63/2021
Que en la villa de Madrid, 1 de marzo de 2021 pronuncia D. Arturo Hernández Presas,
magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 54, en el juicio verbal número 1022/2019 seguido a instancia de la comunidad de propietarios de don Ramón de la Cruz,
número 91 de Madrid, representada por la procuradora Sra. Martín Márquez y defendida por
abogada Sra. Aparicio y Cristino, frente a D. Ricardo González Sevilla y D. Carlos Manuel
González Sevilla, en rebeldía, sobre reclamación de cuotas y otros gastos de comunidad.
Fallo
BOCM-20210324-91
Estimando sustancialmente la demanda formulada por la comunidad de propietarios de
don Ramón de la Cruz, número 91 de Madrid, representada por la procuradora Sra. Martín
Márquez, frente a D. Ricardo González Sevilla y D. Carlos Manuel González Sevilla, en rebeldía, condeno a los demandados a abonar de forma solidaria a la actora la suma de 3.100,69
euros en concepto de principal por gastos de comunidad adeudados hasta abril de 2019, con
otros 138,64 euros en concepto de intereses computados hasta la fecha de esta sentencia, sin
perjuicio de los de mora procesal hasta el completo pago, y al abono de las costas.
Notifíquese esta resolución a las partes en forma legal, advirtiéndoles que contra la
misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado dentro de los veinte días siguientes a su notificación para ante la Audiencia Provincial de Madrid.
Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. El magistrado-juez .
En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados D. Ricardo
González Sevilla y D. Carlos Manuel González Sevilla, y de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 497.2 de la L.E.C., se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este Tribunal.
En Madrid, a 1 de marzo de 2021.—El Letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/8.842/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 222
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 70
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
91
MADRID NÚMERO 54
EDICTO
En los autos de procedimiento verbal (250.2) número 1022/2019, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
Sentencia número 63/2021
Que en la villa de Madrid, 1 de marzo de 2021 pronuncia D. Arturo Hernández Presas,
magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 54, en el juicio verbal número 1022/2019 seguido a instancia de la comunidad de propietarios de don Ramón de la Cruz,
número 91 de Madrid, representada por la procuradora Sra. Martín Márquez y defendida por
abogada Sra. Aparicio y Cristino, frente a D. Ricardo González Sevilla y D. Carlos Manuel
González Sevilla, en rebeldía, sobre reclamación de cuotas y otros gastos de comunidad.
Fallo
BOCM-20210324-91
Estimando sustancialmente la demanda formulada por la comunidad de propietarios de
don Ramón de la Cruz, número 91 de Madrid, representada por la procuradora Sra. Martín
Márquez, frente a D. Ricardo González Sevilla y D. Carlos Manuel González Sevilla, en rebeldía, condeno a los demandados a abonar de forma solidaria a la actora la suma de 3.100,69
euros en concepto de principal por gastos de comunidad adeudados hasta abril de 2019, con
otros 138,64 euros en concepto de intereses computados hasta la fecha de esta sentencia, sin
perjuicio de los de mora procesal hasta el completo pago, y al abono de las costas.
Notifíquese esta resolución a las partes en forma legal, advirtiéndoles que contra la
misma cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado dentro de los veinte días siguientes a su notificación para ante la Audiencia Provincial de Madrid.
Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. El magistrado-juez .
En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados D. Ricardo
González Sevilla y D. Carlos Manuel González Sevilla, y de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 497.2 de la L.E.C., se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este Tribunal.
En Madrid, a 1 de marzo de 2021.—El Letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/8.842/21)
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ISSN 1989-4791