Madrid número 3 (BOCM-20210324-110)
Ejecución 26/2021
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 70
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE MARZO DE 2021
Pág. 245
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
110
MADRID NÚMERO 3
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARTA CIMADEVILLA ARGUELLO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 3 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 26/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. PABLO EDGARDO FLORES BENDEZU frente a URBANIZASOLBOR SL y
FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARTA CIMADEVILLA ARGUELLO
En Madrid, a veintitrés de febrero de dos mil veintiuno.
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en
sentencia de fecha 17/11/2020, a la empresa URBANIZASOLBOR SL en favor del/de los
demandante/s D./Dña. PABLO EDGARDO FLORES BENDEZU y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo
Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 2 - 28008, el día 15/04/2021, a las 9:05 horas, que solo
versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán
acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se
celebrará sin su presencia.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado,
no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con
expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a URBANIZASOLBOR
SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a veintitrés de febrero de dos mil veintiuno.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/7.159/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210324-110
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
B.O.C.M. Núm. 70
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE MARZO DE 2021
Pág. 245
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
110
MADRID NÚMERO 3
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARTA CIMADEVILLA ARGUELLO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 3 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 26/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. PABLO EDGARDO FLORES BENDEZU frente a URBANIZASOLBOR SL y
FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARTA CIMADEVILLA ARGUELLO
En Madrid, a veintitrés de febrero de dos mil veintiuno.
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en
sentencia de fecha 17/11/2020, a la empresa URBANIZASOLBOR SL en favor del/de los
demandante/s D./Dña. PABLO EDGARDO FLORES BENDEZU y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo
Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 2 - 28008, el día 15/04/2021, a las 9:05 horas, que solo
versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán
acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se
celebrará sin su presencia.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado,
no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con
expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a URBANIZASOLBOR
SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a veintitrés de febrero de dos mil veintiuno.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/7.159/21)
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ISSN 1989-4791
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Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.