Madrid número 11 (BOCM-20210323-106)
Procedimiento 54/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 69

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
106

MADRID NÚMERO 11
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. Estefanía Leire Herranz Gómez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado
de lo Social nº 11 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 54/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a
instancia de D./Dña. JUAN LEANDRO MURO ORTEGA frente a CENTRO DE NEGOCIOS CHAMBERÍ SL y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
Estimando la demanda interpuesta por D. JUAN LEANDRO MURO ORTEGA, contra, CENTRO DE NEGOCIOS CHAMBERÍ S.L., en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada, a abonar al actor la cantidad de 4.452,82 euros,
por los conceptos y períodos indicados.
Se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.
Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al
tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55
0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2509-0000-00-0054-20 del BANCO SANTANDER
aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO SANTANDER o presentar aval de
duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo
importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente
abierta en cualquier entidad bancaria distinta de BANCO SANTANDER. Para ello ha de
seguir todos los pasos siguientes:
Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200
0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de
la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el nif /cif de la misma. En el campo beneficiario, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso.
En el campo “observaciones o concepto de la transferencia”, se consignarán los 16 dígitos
que corresponden al procedimiento 2509-0000-00-0054-20.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

En Madrid, a veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/6.861/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210323-106

Y para que sirva de notificación en legal forma a CENTRO DE NEGOCIOS CHAMBERÍ SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.