Toledo número 2 (BOCM-20210323-193)
Procedimiento 235/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 69

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
193

TOLEDO NÚMERO 2
EDICTO

D/Dª MARIA PILAR RAMOS RODRIGUEZ DE SEGOVIA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 2 de TOLEDO.
HAGO SABER: Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES
0000235 /2020 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª ROSA GEMA
SANCHEZ AMORES, FRANCISCA OLIVARES FERNANDEZ contra la empresa FERGA SERVICIOS INTEGRALES, S.L., MULTISERVICIOS CANDIDO, S.L., sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
AUTO
Magistrado/a-Juez
Sr./Sra. D./Dª. CONSOLACION DEL CASTILLO FUENTES ROSCO
En TOLEDO, a veintidós de febrero de dos mil veintiuno.
PARTE DISPOSITIVA
Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, ROSA
GEMA SANCHEZ AMORES, FRANCISCA OLIVARES FERNANDEZ, frente a FERGA
SERVICIOS INTEGRALES, S.L., MULTISERVICIOS CANDIDO, S.L., parte ejecutada,
por importe 33.511,97 euros frente a FERA SERVICIOS INTEGRALES S.L. y 1.896,35
con carácter solidario con AUTOSERVICIOS CANDIDO S.L. y de 6.700 con relación a
FERGA SERVICIOS INTEGRALES y 272 euros con carácter solidario con AUTOSERVICIOS CANDIDO S.L. en concepto provisional de intereses de demora y costas en su caso,
puedan devengarse durante la ejecución, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que
además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos,
extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación e
deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.
EL/LA MAGISTRADO-JUEZ EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán por medio de
sede electrónica.
En TOLEDO, a veintitrés de febrero de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/6.941/21)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210323-193

Y para que sirva de notificación en legal forma a FERGA SERVICIOS INTEGRALES, S.L., MULTISERVICIOS CANDIDO, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de MADRID.