Madrid número 15 (BOCM-20210323-118)
Procedimiento 1302/2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 69

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
118

MADRID NÚMERO 15
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARIA DOLORES MARIN RELANZON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 1302/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia
de D. PEDRO JOSE REDONDO CARRILLO, D. MICHAEL CALETRIO HARO y Dña.
ASCENSION FERNANDEZ RODRIGUEZ frente a CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS EDINFOR SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
Se estima la demanda formulada, declarando IMPROCEDENTE el despido que tuvo
efectos para cada uno de los actores en la fecha que se indica a continuación y extinguida
la relación laboral con fecha de esta resolución (22 de febrero de 2021) condenando a la demandada a satisfacer los siguientes importes:
-D. MICHAEL CALETRIO HARO, con despido el 17 de noviembre de 2020,
1.692,85 euros en concepto de indemnización y 6.032,88 euros brutos en concepto de salarios de tramitación (noventa y ocho días).
-D. ASCENSIÓN FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, con despido el 2 de noviembre de 2020,
3.676,11 euros en concepto de indemnización y 7.352,40 euros brutos en concepto de salarios de tramitación (ciento diez días) y
-D. PEDRO JOSÉ REDONDO CARRILLO, con despido el 2 de noviembre de 2020,
3.503,33 euros en concepto de indemnización y 7.007 euros brutos en concepto de salarios
de tramitación (ciento diez días).
Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su
unión a autos, y hágase saber a las partes que, de conformidad con el artículo 191 de la
LRJS, contra ella cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Se acuerda notificar esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella podrán
interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, del modo siguiente:
ANUNCIO DEL RECURSO artículo 194 LRJS

DEPÓSITO Art. 229 LRJS
Todo el que, sin tener la condición de trabajador, causahabiente suyo o beneficiario del
régimen público de la Seguridad Social, anuncie recurso de suplicación, consignará como
depósito trescientos euros.
También estarán exentas de depositar y realizar consignación de condena las entidades públicas referidas en el artículo 229.4 LRJS.

BOCM-20210323-118

Dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, bastando para ello
la mera manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o de su representante, al hacerle la notificación de aquélla, de su propósito de entablarlo. También podrá anunciarse por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o graduado
social colegiado, o representante ante el juzgado que dictó la resolución impugnada, dentro
del indicado plazo.