Madrid número 20 (BOCM-20210323-130)
Procedimiento 1150/2020
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 69

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE MARZO DE 2021

Pág. 273

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
130

MADRID NÚMERO 20
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA ALMUDENA ORTIZ MARTÍN, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del
Juzgado de lo Social n.º 20 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 1150/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON DAVID SÁNCHEZ PINTADO frente a DOÑA ESPERANZA GARRIDO NÚÑEZ sobre despidos/ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
Que estimando las demandas acumuladas de resolución de contrato, despido y reclamación de cantidad formuladas por DON DAVID SÁNCHEZ PINTADO contra DOÑA
ESPERANZA GARRIDO NÚÑEZ y siendo parte FOGASA que no comparece pese a estar citada en legal forma, declaro extinguida la relación laboral del actor, condenando a la
empresa demandada a abonarle en concepto de indemnización la suma de 13.049,06 euros
y de 7.591,13 euros por los conceptos salariales y periodos estimados de su demanda, más
al 10% de interés de mora, respecto a las cantidades por salarios
En cuanto al FOGASA habrán de estar y pasar por esta declaración.
Notifíquese esta resolución a las partes (…)
Así por ésta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a DOÑA ESPERANZA GARRIDO
NÚÑEZ, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 22 de febrero de 2021.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

BOCM-20210323-130

(03/6.982/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791