C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD (BOCM-20210323-20)
Plan general de urbanismo –  Acuerdo de 10 de marzo de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la rectificación del error material del Plan General de Ordenación Urbana de Las Rozas de Madrid, a fin de reflejar en la documentación gráfica la delimitación y determinaciones aprobadas para el ámbito de la Unidad de Ejecución UE XV-2 “PERI Los Alemanes” en el documento aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid con fecha 17 de septiembre de 2020
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 69

ACUERDA
Primero
Aprobar definitivamente la rectificación del error material del Plan General de Ordenación Urbana de Las Rozas de Madrid, a fin de reflejar en la documentación gráfica la delimitación y las determinaciones aprobadas para el ámbito de la Unidad de Ejecución UE

BOCM-20210323-20

Las correcciones propuestas se refieren exclusivamente la documentación gráfica y no
afecta a la Normativa Urbanística del vigente Plan General de 1994 que permanecen sin variación alguna.
3. La regulación establecida a la parcela situada en la calle Ibiza número 40 mantiene el régimen urbanístico que le atribuía el planeamiento anterior con la asignación de la
categoría de Suelo Urbano Consolidado, Residencial Unifamiliar Ordenanza Zonal 3.3º,
que es la ordenanza equivalente que le otorgaba el PGOU aprobado en 1988, Residencial
Unifamiliar Ordenanza Zonal Vivienda Unifamiliar VU-3.
4. A la vista de la documentación aportada por el Ayuntamiento las Rozas de
Madrid, se comprueba la existencia de un error en la transcripción de documentos. Las correcciones planteadas se consideran adecuadas y están suficientemente justificadas, toda
vez que obedece a un error del expediente de Cumplimiento de Condiciones aprobado por
el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de fecha 11 de diciembre de 1997, que
si bien aprobó la Ficha Urbanística de la UE XV-2 “PERI Los Alemanes”, omitió grafiar
en los planos del PGOU de las Rozas de Madrid el nuevo ámbito y determinaciones de la
Unidad de Ejecución aprobada.
IV. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 25 de febrero de 2021,
aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo de 11 de enero
de 2021, informó favorablemente la rectificación de error material del Plan General de Ordenación Urbana de Las Rozas de Madrid, a fin de reflejar en la documentación gráfica la
Delimitación y Determinaciones aprobadas para el Ámbito de la Unidad de Ejecución UE
XV-2 “PERI Los Alemanes”, en el documento aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de
Las Rozas de Madrid con fecha 17 de septiembre de 2020.
V. Conforme a lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio,
del Suelo de la Comunidad de Madrid, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la
publicación del presente acuerdo, se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de
Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y
Sostenibilidad, sita en la calle Alcalá, número 16, quinta planta, de Madrid, donde podrá ser
consultado.
Una vez publicado el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, corresponde al Ayuntamiento publicar en dicho diario oficial, el contenido íntegro de la parte del planeamiento que exija la legislación de régimen local, de acuerdo con
el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid,
en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de
24 de abril de 2009.
VI. La presente corrección del Plan General se fundamenta en lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, que establece que “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados
los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos”.
El artículo 53.5 de la Ley 1/1983 de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración
de la Comunidad de Madrid dispone que: “La rectificación de los errores materiales, de hecho, o aritméticos corresponderá al propio órgano administrativo que haya dictado el acto”.
En la fase autonómica, habiendo sido el Consejo de Gobierno, previo informe de la
Comisión de Urbanismo, el que resolvió sobre la aprobación definitiva del Plan General de
Ordenación Urbana de Las Rozas, corresponde a dicho órgano acordar la rectificación del
aludido error material, de conformidad con el artículo 61.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
En su virtud, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptado en la
sesión celebrada el 25 de febrero de 2021, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, el Consejo de Gobierno, previa deliberación,
en su reunión de 10 de marzo de 2021,