Algete (BOCM-20210322-40)
Régimen económico. Padrones fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 102
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 68
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
40
ALGETE
Habiéndose aprobado mediante decreto por delegación del Área de Economía y Hacienda número 542, de 17 de marzo de 2021, el padrón fiscal provisional correspondiente
al ejercicio 2021 de la siguiente exacción municipal: impuesto sobre bienes inmuebles de
naturaleza rústica.
Se fija el plazo comprendido entre el 17 de septiembre y el 3 de diciembre de 2021,
ambos inclusive, para el ingreso en período voluntario de los recibos correspondientes al
impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica.
Habiéndose aprobado mediante decreto por delegación del Área de Economía y Hacienda número 543, de 17 de marzo de 2021, el padrón fiscal provisional correspondiente
al ejercicio 2021 de la siguiente exacción municipal: tasa por recogida de basuras y otros
residuos sólidos.
Se fija el plazo comprendido entre el 17 de septiembre y 3 de diciembre de 2021, ambos inclusive, para el ingreso en período voluntario de los recibos correspondientes a la tasa
por recogida de basuras y otros residuos sólidos.
De conformidad y con los efectos establecidos en el artículo 64.5 de la ordenanza fiscal general, estos padrones se expondrán al público por plazo de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual estarán a disposición de los interesados en las
oficinas de la Recaudación Municipal de este Ayuntamiento, de lunes a viernes y en horario de 9:00 a 14:00, a los efectos de que por parte de quienes se consideren interesados se
formulen las reclamaciones que estimen oportunas.
A los efectos de facilitarles el acceso a la información tributaria correspondiente, y por tratarse de datos protegidos de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la atención será personalizada, debiendo los interesados acreditar tal condición.
Contra las liquidaciones provisionales del referido padrón podrán los interesados, de
conformidad con el artículo 14.2 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, interponer recurso de
reposición ante el concejal de Hacienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del período de exposición pública del correspondiente padrón
o matricula, con carácter previo y preceptivo al recurso contencioso-administrativo, advirtiéndole que la interposición del recurso no suspende la ejecución del acto impugnado, sino
en los casos y con los requisitos reconocidos en el precitado artículo 14.2; ello, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
El presente anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, al amparo del artículo 102
de la Ley General Tributaria.
El pago se podrá efectuar, previa presentación del tríptico correspondiente, en las
oficinas de las siguientes entidades colaboradoras: Bankia, BBVA, Banco Santander,
Caixa-Bank e Ibercaja.
Transcurrido este plazo sin hacerse efectivas las deudas, serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo,
los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 58/2003, General Tributaria.
Algete, a 17 de marzo de 2021.—El concejal de Economía Social y Hacienda, Jesús
Fernández Cartón.
(01/9.818/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210322-40
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pág. 102
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 68
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
40
ALGETE
Habiéndose aprobado mediante decreto por delegación del Área de Economía y Hacienda número 542, de 17 de marzo de 2021, el padrón fiscal provisional correspondiente
al ejercicio 2021 de la siguiente exacción municipal: impuesto sobre bienes inmuebles de
naturaleza rústica.
Se fija el plazo comprendido entre el 17 de septiembre y el 3 de diciembre de 2021,
ambos inclusive, para el ingreso en período voluntario de los recibos correspondientes al
impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica.
Habiéndose aprobado mediante decreto por delegación del Área de Economía y Hacienda número 543, de 17 de marzo de 2021, el padrón fiscal provisional correspondiente
al ejercicio 2021 de la siguiente exacción municipal: tasa por recogida de basuras y otros
residuos sólidos.
Se fija el plazo comprendido entre el 17 de septiembre y 3 de diciembre de 2021, ambos inclusive, para el ingreso en período voluntario de los recibos correspondientes a la tasa
por recogida de basuras y otros residuos sólidos.
De conformidad y con los efectos establecidos en el artículo 64.5 de la ordenanza fiscal general, estos padrones se expondrán al público por plazo de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual estarán a disposición de los interesados en las
oficinas de la Recaudación Municipal de este Ayuntamiento, de lunes a viernes y en horario de 9:00 a 14:00, a los efectos de que por parte de quienes se consideren interesados se
formulen las reclamaciones que estimen oportunas.
A los efectos de facilitarles el acceso a la información tributaria correspondiente, y por tratarse de datos protegidos de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la atención será personalizada, debiendo los interesados acreditar tal condición.
Contra las liquidaciones provisionales del referido padrón podrán los interesados, de
conformidad con el artículo 14.2 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, interponer recurso de
reposición ante el concejal de Hacienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del período de exposición pública del correspondiente padrón
o matricula, con carácter previo y preceptivo al recurso contencioso-administrativo, advirtiéndole que la interposición del recurso no suspende la ejecución del acto impugnado, sino
en los casos y con los requisitos reconocidos en el precitado artículo 14.2; ello, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
El presente anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, al amparo del artículo 102
de la Ley General Tributaria.
El pago se podrá efectuar, previa presentación del tríptico correspondiente, en las
oficinas de las siguientes entidades colaboradoras: Bankia, BBVA, Banco Santander,
Caixa-Bank e Ibercaja.
Transcurrido este plazo sin hacerse efectivas las deudas, serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo,
los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 58/2003, General Tributaria.
Algete, a 17 de marzo de 2021.—El concejal de Economía Social y Hacienda, Jesús
Fernández Cartón.
(01/9.818/21)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210322-40
RÉGIMEN ECONÓMICO