Alcorcón (BOCM-20210322-39)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 68
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE MARZO DE 2021
Pág. 101
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
39
ALCORCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del Acuerdo 7/90, de 8 de marzo de 2021, de la Junta de Gobierno Local, por
la que se aprueba las bases y convocatoria de ayudas públicas municipales para colaborar con
los gastos relativos a la vivienda habitual para residentes del municipio de Alcorcón 2021.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.—1. Personas físicas propietarias, cuya vivienda esté ubicada en el término municipal de Alcorcón, tuviese un valor catastral en 2020, inferior o
igual a 150.009,34 euros (de acuerdo al Registro catastral u otro documento público acreditativo de la propiedad) y la use como vivienda habitual (vivienda residencial).
2. Empadronados en el municipio de Alcorcón con anterioridad a la fecha de la publicación de la convocatoria.
3. Que no sean titulares catastrales en 2020 de ningún derecho de propiedad, usufructo, superficie o concesión administrativa sobre otro inmueble de uso residencial (vivienda) dentro o fuera territorio español.
4. Que la renta per cápita de la familia no sea superior a 17.398,92 euros (equivalente a 2,2 veces el IPREM anual de 14 pagas del 2021).
5. Que el solicitante se halle al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Alcorcón, a fecha de la solicitud.
6. Que el solicitante no esté incurso en alguna de las causas de prohibición para acceder a la condición de beneficiario establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de
la LGS y la ordenanza general de las bases reguladoras de subvenciones del Ayuntamiento de Alcorcón.
Segundo. Objeto.—Las presentes bases y convocatoria tienen por objeto regir la concesión, para el año 2021, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas de carácter
social, dirigidas a apoyar a los vecinos del municipio de Alcorcón con escaso nivel de renta, en orden a colaborar en los gastos por vivienda habitual, en los supuestos que concurran
los requisitos establecidos en las cláusula tercera de la presente convocatoria.
Tercero. Convocatoria.—La presente convocatoria se ha aprobado por la Junta de
Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcorcón en sesión celebrada el día 9 de marzo
de 2021. El texto completo de la convocatoria puede consultarse en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento ubicado en el edificio municipal sito en la plaza Reyes de España, s/n.,
y en la página web municipal (www.ayto-alcorcon.es).
Cuarto. Cuantía.—Se tomará como referencia para el cálculo de la cantidad a subvencionar el 0,2 por 100 del valor catastral del inmueble, con un límite máximo de 300 euros por
vivienda, en el caso de propiedades con más de un titular catastral, podrá ser solicitada la ayuda por cualquiera de ellos, y en caso que se solicite por más de uno, se aplicará el cálculo de
la ayuda en proporción a la cuota de propiedad que ostente sobre dicho inmueble.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes será durante los treinta días naturales siguientes al de la publicación de la presente
convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Alcorcón, a 11 de marzo de 2021.—La concejal-delegada de Servicios Sociales y
Salud Pública, María Victoria Meléndez Agudín.
(03/9.274/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210322-39
Referencia convocatoria BNDS: 553118
B.O.C.M. Núm. 68
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LUNES 22 DE MARZO DE 2021
Pág. 101
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
39
ALCORCÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del Acuerdo 7/90, de 8 de marzo de 2021, de la Junta de Gobierno Local, por
la que se aprueba las bases y convocatoria de ayudas públicas municipales para colaborar con
los gastos relativos a la vivienda habitual para residentes del municipio de Alcorcón 2021.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.—1. Personas físicas propietarias, cuya vivienda esté ubicada en el término municipal de Alcorcón, tuviese un valor catastral en 2020, inferior o
igual a 150.009,34 euros (de acuerdo al Registro catastral u otro documento público acreditativo de la propiedad) y la use como vivienda habitual (vivienda residencial).
2. Empadronados en el municipio de Alcorcón con anterioridad a la fecha de la publicación de la convocatoria.
3. Que no sean titulares catastrales en 2020 de ningún derecho de propiedad, usufructo, superficie o concesión administrativa sobre otro inmueble de uso residencial (vivienda) dentro o fuera territorio español.
4. Que la renta per cápita de la familia no sea superior a 17.398,92 euros (equivalente a 2,2 veces el IPREM anual de 14 pagas del 2021).
5. Que el solicitante se halle al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Alcorcón, a fecha de la solicitud.
6. Que el solicitante no esté incurso en alguna de las causas de prohibición para acceder a la condición de beneficiario establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de
la LGS y la ordenanza general de las bases reguladoras de subvenciones del Ayuntamiento de Alcorcón.
Segundo. Objeto.—Las presentes bases y convocatoria tienen por objeto regir la concesión, para el año 2021, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas de carácter
social, dirigidas a apoyar a los vecinos del municipio de Alcorcón con escaso nivel de renta, en orden a colaborar en los gastos por vivienda habitual, en los supuestos que concurran
los requisitos establecidos en las cláusula tercera de la presente convocatoria.
Tercero. Convocatoria.—La presente convocatoria se ha aprobado por la Junta de
Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcorcón en sesión celebrada el día 9 de marzo
de 2021. El texto completo de la convocatoria puede consultarse en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento ubicado en el edificio municipal sito en la plaza Reyes de España, s/n.,
y en la página web municipal (www.ayto-alcorcon.es).
Cuarto. Cuantía.—Se tomará como referencia para el cálculo de la cantidad a subvencionar el 0,2 por 100 del valor catastral del inmueble, con un límite máximo de 300 euros por
vivienda, en el caso de propiedades con más de un titular catastral, podrá ser solicitada la ayuda por cualquiera de ellos, y en caso que se solicite por más de uno, se aplicará el cálculo de
la ayuda en proporción a la cuota de propiedad que ostente sobre dicho inmueble.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes será durante los treinta días naturales siguientes al de la publicación de la presente
convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Alcorcón, a 11 de marzo de 2021.—La concejal-delegada de Servicios Sociales y
Salud Pública, María Victoria Meléndez Agudín.
(03/9.274/21)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210322-39
Referencia convocatoria BNDS: 553118