Madrid (BOCM-20210322-35)
Régimen económico. Distrito de San Blas-Canillejas. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 68

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE MARZO DE 2021

Pág. 95

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
35

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de San Blas-Canillejas

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/553776).
Extracto del decreto de 16 de marzo de 2021, del concejal-presidente del Distrito de
San Blas-Canillejas, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones de fomento del
asociacionismo anualidades 2021-2022.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.—Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de San Blas-Canillejas y estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus
organismos públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013 – OBRGS.
Segundo. Objeto.—Garantizar la continuidad y correcto funcionamiento de las asociaciones del distrito financiando gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios
en los que las asociaciones desarrollen sus actividades de forma habitual (gastos de alquiler
y/o gastos de funcionamiento necesario para el correcto funcionamiento de la entidad).
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos
de 30 de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a la convocatoria anualidad 2021 asciende a 60.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 60.000
euros, cuyo desglose es el siguiente:
• Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social: 60.000 euros.
El importe total destinado a la convocatoria anualidad 2022 asciende a 60.000 euros,
que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 60.000
euros, cuyo desglose es el siguiente:
• Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social: 60.000 euros.
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en
que la misma exceda del coste total de dicha actividad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación será de
quince días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia competitiva.
Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como
solicitud de subvención en la presente convocatoria.

BOCM-20210322-35

BDNS (Identif.): 553776-553783