Madrid número 13 (BOCM-20210320-7)
Procedimiento 1240/2020
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BOCM
Pág. 22
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 20 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 67
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
7
MADRID NÚMERO 13
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio inmediato sobre delitos leves 1240/2020 entre EL CORTE INGLES, S.A. y D./Dña. FATIMA JIMENEZ CAMACHO por un presunto delito de Hurto, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA Nº 144/2020
En Madrid a diecisiete de julio de 2020.
El Iltmo. Sr. Don Hermenegildo Alfredo Barrera Aguirre, Magistrado-Juez del Juzgado de instrucción número trece de esta ciudad, ha visto y examinado los presentes autos de
juicio por delito leve, seguido con el nº 1240/20, en los que aparecen como denunciante perjudicada El Corte Inglés y como parte denunciada Fátima Jiménez Camacho, siendo parte
asimismo el Ministerio Fiscal, ha dictado la presente sentencia en base a los siguientes.
FALLO
Condeno a Fátima Jiménez Camacho, como autora de un delito leve contra el patrimonio, hurto, del art.234.2 del Código Penal, en grado de tentativa del art. 16, a la pena de 29
días multa, con una cuota diaria de seis euros, de conformidad con lo establecido en el fundamento tercero de esta resolución. La parte condenada deberá abonar las costas de este juicio.
Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y a las partes instruyéndolas de
su derecho a recurrirla en apelación, ante la Ilma Audiencia Provincial de Madrid en el término de cinco días contados a partir del siguiente al de su notificación, quedando durante
los mismos los autos a disposición de las partes en esta Secretaria, haciéndoles saber que el
recurso deberá ser formalizado ante este juzgado mediante escrito, durante ese plazo, exponiendo en el mismo los motivos de la apelación, conforme estableced el artículo 976 de la
Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin cuyo requisito no se admitirá la misma
Así por esta mi sentencia, la mando, pronuncio y firmo.
PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Magistrado-Juez, que la dictó celebrando Audiencia Pública en el día de hoy que es el día de su
fecha. De lo que yo el Letrado de La Administración de Justicia doy fe.
Y para que sirva de notificación a D./Dña. FATIMA JIMENEZ CAMACHO expido y
firmo la presente.
En Madrid, a 24 de febrero de 2021.
BOCM-20210320-7
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
(03/7.073/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE
7
MADRID NÚMERO 13
EDICTO
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio inmediato sobre delitos leves 1240/2020 entre EL CORTE INGLES, S.A. y D./Dña. FATIMA JIMENEZ CAMACHO por un presunto delito de Hurto, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA Nº 144/2020
En Madrid a diecisiete de julio de 2020.
El Iltmo. Sr. Don Hermenegildo Alfredo Barrera Aguirre, Magistrado-Juez del Juzgado de instrucción número trece de esta ciudad, ha visto y examinado los presentes autos de
juicio por delito leve, seguido con el nº 1240/20, en los que aparecen como denunciante perjudicada El Corte Inglés y como parte denunciada Fátima Jiménez Camacho, siendo parte
asimismo el Ministerio Fiscal, ha dictado la presente sentencia en base a los siguientes.
FALLO
Condeno a Fátima Jiménez Camacho, como autora de un delito leve contra el patrimonio, hurto, del art.234.2 del Código Penal, en grado de tentativa del art. 16, a la pena de 29
días multa, con una cuota diaria de seis euros, de conformidad con lo establecido en el fundamento tercero de esta resolución. La parte condenada deberá abonar las costas de este juicio.
Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y a las partes instruyéndolas de
su derecho a recurrirla en apelación, ante la Ilma Audiencia Provincial de Madrid en el término de cinco días contados a partir del siguiente al de su notificación, quedando durante
los mismos los autos a disposición de las partes en esta Secretaria, haciéndoles saber que el
recurso deberá ser formalizado ante este juzgado mediante escrito, durante ese plazo, exponiendo en el mismo los motivos de la apelación, conforme estableced el artículo 976 de la
Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin cuyo requisito no se admitirá la misma
Así por esta mi sentencia, la mando, pronuncio y firmo.
PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Magistrado-Juez, que la dictó celebrando Audiencia Pública en el día de hoy que es el día de su
fecha. De lo que yo el Letrado de La Administración de Justicia doy fe.
Y para que sirva de notificación a D./Dña. FATIMA JIMENEZ CAMACHO expido y
firmo la presente.
En Madrid, a 24 de febrero de 2021.
BOCM-20210320-7
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