Madrid número 41 (BOCM-20210319-14)
Ejecución 173/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 78
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 19 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 66
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
14
MADRID NÚMERO 41
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DOÑA MARÍA JOSÉ GONZÁLEZ HUERGO, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 41 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 173/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido
a instancia de DOÑA JENNIFER MICHELLE LUCERO PÉREZ frente a DOÑA GLORIA
ESPERANZA ACUÑA CASTAÑO y FOGASA sobre ejecución de títulos judiciales se ha
dictado resolución cuya parte dispositiva se acompaña:
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
DOÑA JENNIFER MICHELLE LUCERO PÉREZ, frente a la demandada DOÑA GLORIA ESPERANZA ACUÑA CASTAÑO, parte ejecutada, por un principal de 1.369,62
euros, más 136,96 euros y 136,96 euros de intereses y costas calculados provisionalmente,
sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este
Juzgado abierta en la entidad Banco Santander 5052-0000-64-0173-20.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.
Y para que sirva de notificación en legal forma a DOÑA GLORIA ESPERANZA
ACUÑA CASTAÑO, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 26 de febrero de 2021.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20210319-14
(03/7.181/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
14
MADRID NÚMERO 41
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
DOÑA MARÍA JOSÉ GONZÁLEZ HUERGO, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 41 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 173/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido
a instancia de DOÑA JENNIFER MICHELLE LUCERO PÉREZ frente a DOÑA GLORIA
ESPERANZA ACUÑA CASTAÑO y FOGASA sobre ejecución de títulos judiciales se ha
dictado resolución cuya parte dispositiva se acompaña:
PARTE DISPOSITIVA
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
DOÑA JENNIFER MICHELLE LUCERO PÉREZ, frente a la demandada DOÑA GLORIA ESPERANZA ACUÑA CASTAÑO, parte ejecutada, por un principal de 1.369,62
euros, más 136,96 euros y 136,96 euros de intereses y costas calculados provisionalmente,
sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este
Juzgado abierta en la entidad Banco Santander 5052-0000-64-0173-20.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.
Y para que sirva de notificación en legal forma a DOÑA GLORIA ESPERANZA
ACUÑA CASTAÑO, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 26 de febrero de 2021.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20210319-14
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ISSN 1989-4791