Villanueva del Pardillo (BOCM-20210318-84)
Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 65
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE MARZO DE 2021
Pág. 221
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
84
VILLANUEVA DEL PARDILLO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20210318-84
El señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo ha dictado
Resolución el día 4 de marzo de 2021, del siguiente literal:
“Don Eduardo Fernández Navarro, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo.
Atendiendo a las necesidades de la organización municipal y de la gestión de los asuntos de competencia municipal.
En virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, de Bases del Régimen Local, y 43, 44, y 45 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986,
de 28 de noviembre, por la presente resuelvo:
Primero.—Delegar en don Francisco Funes Ángel el ejercicio de las siguientes competencias, que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación en el área de Ordenación del Territorio y Vivienda, en lo que no afecten a las viviendas sociales de propiedad
municipal, con la excepción de dictar resoluciones que produzcan efectos frente a terceros:
— La dirección y organización del servicio y la gestión de asuntos relacionados con
el mismo.
— La realización de propuestas y actuaciones.
— La incoación e impulso de tramitación de cualesquiera expedientes.
Segundo.—Los acuerdos que se adopten por delegación se entenderán dictados por
esta Alcaldía como titular de la competencia originaria, a quien se tendrá que mantener informado del ejercicio de la delegación.
Tercero.—Notificar personalmente la presente resolución al interesado, que se considerará aceptada tácitamente salvo manifestación expresa.
Cuarto—Que de la presente resolución se dé cuenta al Pleno en la primera sesión que
este celebre, a los efectos de su conocimiento, y se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios municipal, sin perjuicio de su efectividad
desde el día siguiente a la fecha de la misma.
Cúmplase.
Dado en Villanueva del Pardillo, a 5 de marzo de 2021”.
Lo que se hace público para general conocimiento y dando cumplimiento a los dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
En Villanueva del Pardillo, a 5 de marzo de 2021.—El alcalde-presidente, Eduardo
Fernández Navarro.
(03/8.304/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Pág. 221
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AYUNTAMIENTO DE
84
VILLANUEVA DEL PARDILLO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20210318-84
El señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo ha dictado
Resolución el día 4 de marzo de 2021, del siguiente literal:
“Don Eduardo Fernández Navarro, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo.
Atendiendo a las necesidades de la organización municipal y de la gestión de los asuntos de competencia municipal.
En virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, de Bases del Régimen Local, y 43, 44, y 45 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986,
de 28 de noviembre, por la presente resuelvo:
Primero.—Delegar en don Francisco Funes Ángel el ejercicio de las siguientes competencias, que me son atribuidas por disposición de la vigente legislación en el área de Ordenación del Territorio y Vivienda, en lo que no afecten a las viviendas sociales de propiedad
municipal, con la excepción de dictar resoluciones que produzcan efectos frente a terceros:
— La dirección y organización del servicio y la gestión de asuntos relacionados con
el mismo.
— La realización de propuestas y actuaciones.
— La incoación e impulso de tramitación de cualesquiera expedientes.
Segundo.—Los acuerdos que se adopten por delegación se entenderán dictados por
esta Alcaldía como titular de la competencia originaria, a quien se tendrá que mantener informado del ejercicio de la delegación.
Tercero.—Notificar personalmente la presente resolución al interesado, que se considerará aceptada tácitamente salvo manifestación expresa.
Cuarto—Que de la presente resolución se dé cuenta al Pleno en la primera sesión que
este celebre, a los efectos de su conocimiento, y se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios municipal, sin perjuicio de su efectividad
desde el día siguiente a la fecha de la misma.
Cúmplase.
Dado en Villanueva del Pardillo, a 5 de marzo de 2021”.
Lo que se hace público para general conocimiento y dando cumplimiento a los dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
En Villanueva del Pardillo, a 5 de marzo de 2021.—El alcalde-presidente, Eduardo
Fernández Navarro.
(03/8.304/21)
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