Las Rozas de Madrid (BOCM-20210318-67)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 65
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE MARZO DE 2021
Pág. 187
Contra el presente acuerdo se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
o, directamente, de conformidad con el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de esta notificación.
Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro
recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
BOCM-20210318-67
El escrito de solicitud consignará que son ciertos los datos contenidos en el mismo y
que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria. Será necesario adjuntar a la instancia Currículum Vitae en el que consten títulos académicos, años de servicio, puestos de
trabajo desempeñados en la Administración Pública, estudios y cursos realizados y otros
méritos que se estime oportuno poner de manifiesto. Los funcionarios procedentes de otras
Administraciones Públicas aportarán, además, certificado expedido por su Administración
de origen que acredite su nombramiento legal como funcionario de carrera.
De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, los datos recogidos en la solicitud serán incorporados a los ficheros del Ayuntamiento de Las Rozas, con dirección en
plaza Mayor, número 1, 28231 Las Rozas de Madrid (Madrid), siendo su cumplimentación
obligatoria para la admisión a la misma, con el fin de facilitar el llamamiento de los seleccionados cuando fuere necesario. Sus datos no serán cedidos a terceras empresas o instituciones.
Podrá tener acceso a los datos cualquier persona que acredite la condición de interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose por escrito al Ayuntamiento en la dirección arriba indicada, adjuntando copia del DNI,
con la referencia: SOLICITUD DERECHOS ARCO, o mediante el envió de un correo electrónico con firma digital reconocida a la siguiente dirección solicitudesARCO@lasrozas.es
Sexta. Nombramiento.—Los nombramientos deberán efectuarse en el plazo máximo
de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.
Las resoluciones de nombramiento se motivarán con referencia al cumplimiento por
parte del candidato elegido de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria
y la competencia para proceder al mismo.
Los aspirantes podrán ser llamados, en caso de considerarse oportuno, a la realización de
una entrevista sobre cuestiones derivadas de su currículum profesional y cualesquiera otras que
el órgano competente considere necesarias, pudiéndose requerir a los candidatos que acrediten
los méritos alegados mediante exhibición de los documentos originales que así lo certifiquen,
con el fin de determinar la idoneidad del candidato propuesto para el nombramiento.
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid procederá al
nombramiento, a propuesta de la concejal-delegado de Recursos Humanos, previo informe
del concejal de Medio Ambiente y Administración Electrónica, donde se haga constar la
adecuación del candidato o candidata propuesto con el perfil descrito en el anexo I, y justificación por este/a de su condición de funcionario de carrera del cuerpo, escala, subescala
y/o categoría, subgrupo A1/A2, del puesto convocado y titulado universitario en Ingeniería
Técnica/Superior en Informática, Grado o equivalente.
La adjudicación se hará pública en el tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento, y se notificará a la persona designada.
Séptima. Toma de posesión.—La toma de posesión deberá efectuarse en los tres días
hábiles siguientes al de la notificación de la resolución, produciéndose el cese el día inmediato anterior.
Para el caso de funcionarios procedentes de otras Administraciones Públicas, la toma
de posesión se efectuará de conformidad con lo regulado en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, contándose los plazos a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución, y produciendo los efectos determinados en el artículo 88 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
B.O.C.M. Núm. 65
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE MARZO DE 2021
Pág. 187
Contra el presente acuerdo se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
o, directamente, de conformidad con el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, desde el día siguiente al de esta notificación.
Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro
recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
BOCM-20210318-67
El escrito de solicitud consignará que son ciertos los datos contenidos en el mismo y
que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria. Será necesario adjuntar a la instancia Currículum Vitae en el que consten títulos académicos, años de servicio, puestos de
trabajo desempeñados en la Administración Pública, estudios y cursos realizados y otros
méritos que se estime oportuno poner de manifiesto. Los funcionarios procedentes de otras
Administraciones Públicas aportarán, además, certificado expedido por su Administración
de origen que acredite su nombramiento legal como funcionario de carrera.
De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, los datos recogidos en la solicitud serán incorporados a los ficheros del Ayuntamiento de Las Rozas, con dirección en
plaza Mayor, número 1, 28231 Las Rozas de Madrid (Madrid), siendo su cumplimentación
obligatoria para la admisión a la misma, con el fin de facilitar el llamamiento de los seleccionados cuando fuere necesario. Sus datos no serán cedidos a terceras empresas o instituciones.
Podrá tener acceso a los datos cualquier persona que acredite la condición de interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose por escrito al Ayuntamiento en la dirección arriba indicada, adjuntando copia del DNI,
con la referencia: SOLICITUD DERECHOS ARCO, o mediante el envió de un correo electrónico con firma digital reconocida a la siguiente dirección solicitudesARCO@lasrozas.es
Sexta. Nombramiento.—Los nombramientos deberán efectuarse en el plazo máximo
de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.
Las resoluciones de nombramiento se motivarán con referencia al cumplimiento por
parte del candidato elegido de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria
y la competencia para proceder al mismo.
Los aspirantes podrán ser llamados, en caso de considerarse oportuno, a la realización de
una entrevista sobre cuestiones derivadas de su currículum profesional y cualesquiera otras que
el órgano competente considere necesarias, pudiéndose requerir a los candidatos que acrediten
los méritos alegados mediante exhibición de los documentos originales que así lo certifiquen,
con el fin de determinar la idoneidad del candidato propuesto para el nombramiento.
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid procederá al
nombramiento, a propuesta de la concejal-delegado de Recursos Humanos, previo informe
del concejal de Medio Ambiente y Administración Electrónica, donde se haga constar la
adecuación del candidato o candidata propuesto con el perfil descrito en el anexo I, y justificación por este/a de su condición de funcionario de carrera del cuerpo, escala, subescala
y/o categoría, subgrupo A1/A2, del puesto convocado y titulado universitario en Ingeniería
Técnica/Superior en Informática, Grado o equivalente.
La adjudicación se hará pública en el tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento, y se notificará a la persona designada.
Séptima. Toma de posesión.—La toma de posesión deberá efectuarse en los tres días
hábiles siguientes al de la notificación de la resolución, produciéndose el cese el día inmediato anterior.
Para el caso de funcionarios procedentes de otras Administraciones Públicas, la toma
de posesión se efectuará de conformidad con lo regulado en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, contándose los plazos a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución, y produciendo los efectos determinados en el artículo 88 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.