Madrid número 4 (BOCM-20210318-132)
Ejecución 45/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 65
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE MARZO DE 2021
Pág. 275
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
132
MADRID NÚMERO 4
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 4 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 45/2021 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JUAN CARLOS GONZALEZ DURAN FRENTE A GRS GESTION DE BATERIAS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente
resolución:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante D./Dña. JUAN CARLOS GONZALEZ DURAN frente a GRS GESTION DE BATERIAS SL.
Notifíquese esta resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros
en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER número de
cuenta 2502-0000-64-0045-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA
En Madrid, a dos de marzo de dos mil veintiuno
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado,
no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con
expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe
BOCM-20210318-132
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en
sentencia de fecha 22/07/2020, a la empresa GRS GESTION DE BATERIAS SL en favor
del los demandante D. JUAN CARLOS GONZALEZ DURAN y, previo a su resolución,
se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social,
sito en C/ Princesa, 3, Planta 2 - 28008, el día 12/04/2021, a las 08:45 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante
(por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que
si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin
su presencia.
B.O.C.M. Núm. 65
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE MARZO DE 2021
Pág. 275
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
132
MADRID NÚMERO 4
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 4 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 45/2021 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JUAN CARLOS GONZALEZ DURAN FRENTE A GRS GESTION DE BATERIAS SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente
resolución:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante D./Dña. JUAN CARLOS GONZALEZ DURAN frente a GRS GESTION DE BATERIAS SL.
Notifíquese esta resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros
en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER número de
cuenta 2502-0000-64-0045-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA
En Madrid, a dos de marzo de dos mil veintiuno
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado,
no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con
expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe
BOCM-20210318-132
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en
sentencia de fecha 22/07/2020, a la empresa GRS GESTION DE BATERIAS SL en favor
del los demandante D. JUAN CARLOS GONZALEZ DURAN y, previo a su resolución,
se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social,
sito en C/ Princesa, 3, Planta 2 - 28008, el día 12/04/2021, a las 08:45 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante
(por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que
si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin
su presencia.