Madrid número 9 (BOCM-20210318-143)
Ejecución 28/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 65
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE MARZO DE 2021
Pág. 289
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
143
MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María del Carmen Martín García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
BOCM-20210318-143
Hago saber: Que en el procedimiento número 28/2021 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Raúl Rojas Lizarazu, frente a LRJAU Vega, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
Despachar orden general de ejecución de auto de extinción de la relación laboral de fecha 13 de octubre de 2020 a favor de la parte ejecutante, don Raúl Rojas Lizarazu, frente a
la demandada LRJAU Vega, S. L., parte ejecutada, por un principal de 21.601,48 euros,
más 2.160,14 euros y 2.160,14 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin
perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de
los requisitos procesales exigidos, pudiendo la parte demandada deducir oposición a la ejecución en los términos previstos en el artículo 239.4 de la LJS, y pudiendo alegarse en el
caso del procedimiento monitorio la falta de notificación del requerimiento (artículo 101.c
de la LJS); debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado, abierta en el
Banco Santander, número 2507-0000-64-0028-21.
Y para que sirva de notificación en legal forma a LRJAU Vega, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 19 de febrero de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/6.600/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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JUZGADO DE LO SOCIAL DE
143
MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María del Carmen Martín García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
BOCM-20210318-143
Hago saber: Que en el procedimiento número 28/2021 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Raúl Rojas Lizarazu, frente a LRJAU Vega, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
Despachar orden general de ejecución de auto de extinción de la relación laboral de fecha 13 de octubre de 2020 a favor de la parte ejecutante, don Raúl Rojas Lizarazu, frente a
la demandada LRJAU Vega, S. L., parte ejecutada, por un principal de 21.601,48 euros,
más 2.160,14 euros y 2.160,14 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin
perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de
los requisitos procesales exigidos, pudiendo la parte demandada deducir oposición a la ejecución en los términos previstos en el artículo 239.4 de la LJS, y pudiendo alegarse en el
caso del procedimiento monitorio la falta de notificación del requerimiento (artículo 101.c
de la LJS); debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado, abierta en el
Banco Santander, número 2507-0000-64-0028-21.
Y para que sirva de notificación en legal forma a LRJAU Vega, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 19 de febrero de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/6.600/21)
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