D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210318-41)
Convenio –  Convenio de colaboración de 19 de febrero de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud, y la Universidad Europea de Madrid para la enseñanza clinica práctica en el grado de Medicina
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 18 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 65

Decimoquinta
Seguro de accidentes y responsabilidad civil
1. La Consejería de Sanidad y el SERMAS no se harán responsables de los accidentes que el alumno pudiera sufrir en el transcurso de la formación, ni de los daños ocasionados a personas o bienes durante el desarrollo de la misma.
2. Para cubrir posibles daños y responsabilidades de sus alumnos, en el transcurso
del período de formación amparado por este convenio, la Universidad deberá tener suscrito, antes del comienzo del período de prácticas, un seguro que cubra a cada uno de los alumnos que participen en ellas, cuya póliza tenga una cobertura en la que se incluya cualquier
accidente que puedan sufrir aquellos, así como los posibles daños a terceros que dichos
alumnos puedan ocasionar en el desarrollo de las prácticas.
Decimosexta
Derecho de intimidad del paciente
En el desarrollo de las prácticas se deberá cumplir lo previsto en la Orden SSI/81/2017,
de 19 de enero, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión de Recursos Humanos del
Sistema Nacional de Salud, por el que se aprueba el protocolo mediante el que se determinan pautas básicas destinadas a asegurar y proteger el derecho a la intimidad del paciente
por los alumnos y residentes en Ciencias de la Salud.
Decimoséptima
Protección de datos de carácter personal

BOCM-20210318-41

1. Las partes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento de Protección de
Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.
2. Los datos de carácter personal que se recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa
vigente.
3. En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto, y las limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información
a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley
10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
4. El tratamiento de los datos del presente convenio queda sometido a la mencionada normativa, así como a la vigente en cada momento, de conformidad con los anexos II y
III del presente acuerdo, que serán suscritos por las partes el primero, por el personal de la
Universidad el segundo y por los estudiantes el tercero.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
convenio.
Madrid, a 19 de febrero de 2021.—En representación de la Comunidad de Madrid: El
Consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero.—El Viceconsejero de Asistencia Sanitaria
y Director General del SERMAS, Juan Jorge González Armengol.—En representación de
la Universidad: El representante del administrador único, Miguel Carmelo García.