D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20210317-23)
Convenio – Convenio de colaboración de 19 de febrero de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad San Pablo CEU para la enseñanza clínica práctica en el grado de Medicina en centros de salud de atención primaria
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 64
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE MARZO DE 2021
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de seguridad que se marquen en cada caso, no pudiendo acceder a datos reales sin la
autorización por escrito del Responsable del Tratamiento o encargado del Tratamiento.
Ante cualquier duda que pueda incidir en la seguridad de los sistemas de información y
comunicaciones, deberá consultar con su enlace o Responsable en INDICAR CENTRO. La
función del enlace será ofrecerle asesoramiento, atender cualquier tipo de consulta o
necesidad, transmitir instrucciones, ponerle al corriente de sus cometidos, objetivos, entre
otras.
Queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos en los sistemas de
información de INDICAR CENTRO sin la correspondiente licencia y/o autorización. Los
programas informáticos propiedad de INDICAR CENTRO están protegidos por propiedad
intelectual, y por tanto está estrictamente prohibida su reproducción, modificación, cesión
o comunicación sin la debida autorización.
Queda estrictamente prohibido en los sistemas de información de INDICAR CENTRO, el
uso, reproducción, cesión, transformación o comunicación pública de cualquier tipo de obra
o invención protegida por la propiedad intelectual sin la debida autorización.
Por su parte, el estudiante se compromete a cumplir la “Política de seguridad de la información en
el ámbito de la Administración Electrónica y de los sistemas de información de la Consejería de
Sanidad de la Comunidad de Madrid”, publicada en la Orden 491/2013, de 27 de junio y todas las
políticas, normas y procedimientos de (INDICAR) y de la Consejería de Sanidad de la Comunidad
de Madrid que emanen del citado código. Para su conocimiento, se le proporcionará acceso a la
normativa que le sea de aplicación.
Siempre que se encuentre en el CENTRO SANITARIO deberá llevar en lugar plenamente visible la
tarjeta identificativa que se le facilitará y en donde se recogen sus datos personales, identificándole
como estudiante. Al finalizar el periodo de prácticas, deberá devolver la tarjeta al centro sanitario.
El estudiante será responsable del incumplimiento de cualquiera de las disposiciones anteriormente
expuestas en que hubiera incurrido personalmente, lo cual podrá ser motivo de exigencia de las
responsabilidades legales que correspondan.
El tutor profesional del SERMAS
Nombre y apellidos:
Localización/Centro Sanitario:
Teléfono corporativo:
Correo electrónico corporativo:
El tutor profesional se compromete a:
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6.
Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo establecido en el
proyecto formativo.
Supervisar, orientar y controlar el desarrollo de las prácticas con una relación basada en el respeto
con el derecho fundamental a la protección de datos del paciente, respecto a la información
contenida en su historia clínica, en el ámbito de desarrollo de actividades de docencia.
Informar al estudiante de la organización y funcionamiento del SERMAS y de la normativa
aplicable en materia de confidencialidad y protección de datos.
Proporcionar la información complementaria que precise el estudiante para la realización
de las prácticas.
Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el desarrollo de las
prácticas e informarle sobre el correcto uso de los mismos.
Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del estudiante
como consecuencia de su actividad como tutor.
El tutor académico de la Universidad
Nombre y apellidos:
Universidad/Centro de estudios:
Departamento:
Teléfono corporativo:
Correo electrónico corporativo:
BOCM-20210317-23
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B.O.C.M. Núm. 64
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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de seguridad que se marquen en cada caso, no pudiendo acceder a datos reales sin la
autorización por escrito del Responsable del Tratamiento o encargado del Tratamiento.
Ante cualquier duda que pueda incidir en la seguridad de los sistemas de información y
comunicaciones, deberá consultar con su enlace o Responsable en INDICAR CENTRO. La
función del enlace será ofrecerle asesoramiento, atender cualquier tipo de consulta o
necesidad, transmitir instrucciones, ponerle al corriente de sus cometidos, objetivos, entre
otras.
Queda estrictamente prohibido el uso de programas informáticos en los sistemas de
información de INDICAR CENTRO sin la correspondiente licencia y/o autorización. Los
programas informáticos propiedad de INDICAR CENTRO están protegidos por propiedad
intelectual, y por tanto está estrictamente prohibida su reproducción, modificación, cesión
o comunicación sin la debida autorización.
Queda estrictamente prohibido en los sistemas de información de INDICAR CENTRO, el
uso, reproducción, cesión, transformación o comunicación pública de cualquier tipo de obra
o invención protegida por la propiedad intelectual sin la debida autorización.
Por su parte, el estudiante se compromete a cumplir la “Política de seguridad de la información en
el ámbito de la Administración Electrónica y de los sistemas de información de la Consejería de
Sanidad de la Comunidad de Madrid”, publicada en la Orden 491/2013, de 27 de junio y todas las
políticas, normas y procedimientos de (INDICAR) y de la Consejería de Sanidad de la Comunidad
de Madrid que emanen del citado código. Para su conocimiento, se le proporcionará acceso a la
normativa que le sea de aplicación.
Siempre que se encuentre en el CENTRO SANITARIO deberá llevar en lugar plenamente visible la
tarjeta identificativa que se le facilitará y en donde se recogen sus datos personales, identificándole
como estudiante. Al finalizar el periodo de prácticas, deberá devolver la tarjeta al centro sanitario.
El estudiante será responsable del incumplimiento de cualquiera de las disposiciones anteriormente
expuestas en que hubiera incurrido personalmente, lo cual podrá ser motivo de exigencia de las
responsabilidades legales que correspondan.
El tutor profesional del SERMAS
Nombre y apellidos:
Localización/Centro Sanitario:
Teléfono corporativo:
Correo electrónico corporativo:
El tutor profesional se compromete a:
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Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo establecido en el
proyecto formativo.
Supervisar, orientar y controlar el desarrollo de las prácticas con una relación basada en el respeto
con el derecho fundamental a la protección de datos del paciente, respecto a la información
contenida en su historia clínica, en el ámbito de desarrollo de actividades de docencia.
Informar al estudiante de la organización y funcionamiento del SERMAS y de la normativa
aplicable en materia de confidencialidad y protección de datos.
Proporcionar la información complementaria que precise el estudiante para la realización
de las prácticas.
Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el desarrollo de las
prácticas e informarle sobre el correcto uso de los mismos.
Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del estudiante
como consecuencia de su actividad como tutor.
El tutor académico de la Universidad
Nombre y apellidos:
Universidad/Centro de estudios:
Departamento:
Teléfono corporativo:
Correo electrónico corporativo:
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