Madrid número 20 (BOCM-20210316-148)
Procedimiento 838/2020
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 388

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE MARZO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 63

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
148

MADRID NÚMERO 20
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ALMUDENA ORTIZ MARTÍN, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo social nº 20 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 838/2020 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. MARÍA AMELIA CALVO DE MORA RAMOS frente a
GRAFIFOTO 2000 S.L., RUBIPLAN SL y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general
se ha dictado la siguiente resolución:
FALLO
Que estimando parcialmente la demanda de Resolución de Contrato y Reclamación de
cantidad formulada por Dª MARÍA AMELIA CALVO DE MORA RAMOS contra LAS
EMPRESAS GRAFIFOTO 2000 S.L. Y RUBIPLAN S.L. y siendo parte FOGASA, que no
comparecen pese a estar citadas en legal forma, debo declarar y declaro extinguida la relación laboral condenando a la demandada GRAFIFOTO 2000 S.L. a que abone al actor la
suma de 35.383,21 euros en concepto de indemnización y la suma de 11.370,14 euros por
salarios impagados, cantidad ésta última que se incrementará en un 10% de interés de mora.
Que debo absolver y absuelvo a la empresa demandada RUBIPLAN S.L. de los pedimentos de la demanda.
Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y
frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes
a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o
de su abogado o representante dentro del indicado plazo.
Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar
el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la Cuenta de Depósitos y
Consignaciones que tiene abierta este Juzgado con el número 2518 en el Banco Santander,
en la C/ Princesa nº 2 de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).
Asimismo deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300
euros en concepto de depósito (haciendo constar también el número de procedimiento).
Así por ésta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento
o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a diecisiete de febrero de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/6.079/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20210316-148

Y para que sirva de notificación en legal forma a GRAFIFOTO 2000 S.L. y RUBIPLAN SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid.