Móstoles número 1 (BOCM-20210316-193)
Ejecución 13/2021
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 63

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE MARZO DE 2021

Pág. 445

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
193

MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO

DOÑA MARÍA VICTORIA ESTEBAN DELGADO, LETRADA DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 13/2021 (ejecución) de este Juzgado de lo Social,
seguido a instancia de DOÑA INMACULADA MANGUDO COTO frente a UNIVERSA
MÓSTOLES, S. L., y FOGASA sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
Despachar orden general de ejecución de sentencia y auto de aclaración a favor de la
parte ejecutante, DOÑA INMACULADA MANGUDO COTO, frente a la demandada
UNIVERSA MÓSTOLES, S. L., parte ejecutada, por un principal de 29.575,83 euros (que
corresponde 28.368,63 euros a indemnización, 43,48 euros a salarios de trámite y 1.163,72
euros a reclamación de cantidad), más 5.000 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los
tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este
Juzgado abierta en la entidad Banco Santander 2850-0000-64-0013-21.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.
DON FRANCISCO JUAN SÁNCHEZ DELGADO
EL MAGISTRADO-JUEZ
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días
puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de
no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a UNIVERSA MÓSTOLES, S. L., en
ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

BOCM-20210316-193

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DOÑA MARÍA VICTORIA ESTEBAN DELGADO