Madrid número 13 (BOCM-20210316-131)
Ejecución 111/2020
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 63
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE MARZO DE 2021
Pág. 367
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
131
MADRID NÚMERO 13
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. María Isabel Tirado Gutiérrez, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
Social nº 13 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 111/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D. IORDACHE TRIF frente a REFORMAS Y GESTIÓN A MEDIDA SL
sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado en el día de la fecha decreto que contiene la siguiente parte dispositiva:
“A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 16.424,95 euros de principal (4.518,25 euros de indemnización más 11.906,70 euros de salarios de tramitación)
más 821,24 euros y 1.642,49 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, se declara la insolvencia provisional del ejecutado REFORMAS Y GESTIÓN A MEDIDA SL,
sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la
deuda aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de
certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Dña. MARÍA ISABEL TIRADO GUTIÉRREZ”
Y para que sirva de notificación en legal forma a REFORMAS Y GESTIÓN A MEDIDA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a dieciocho de febrero de dos mil veintiuno.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20210316-131
(03/6.310/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 63
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE MARZO DE 2021
Pág. 367
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
131
MADRID NÚMERO 13
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. María Isabel Tirado Gutiérrez, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
Social nº 13 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 111/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D. IORDACHE TRIF frente a REFORMAS Y GESTIÓN A MEDIDA SL
sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado en el día de la fecha decreto que contiene la siguiente parte dispositiva:
“A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 16.424,95 euros de principal (4.518,25 euros de indemnización más 11.906,70 euros de salarios de tramitación)
más 821,24 euros y 1.642,49 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, se declara la insolvencia provisional del ejecutado REFORMAS Y GESTIÓN A MEDIDA SL,
sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la
deuda aún pendiente de pago.
Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de
certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
Dña. MARÍA ISABEL TIRADO GUTIÉRREZ”
Y para que sirva de notificación en legal forma a REFORMAS Y GESTIÓN A MEDIDA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a dieciocho de febrero de dos mil veintiuno.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
BOCM-20210316-131
(03/6.310/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791