Madrid número 48 (BOCM-20210315-96)
Procedimiento 677/2018
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE MARZO DE 2021
Pág. 257
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
96
MADRID NÚMERO 48
EDICTO
Don Arsenio Castillo Gallego, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 48.
BOCM-20210315-96
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 677/2018,
instados por procurador don Antonio Blasco Alabadi, en nombre y representación de Bankia,
S. A., contra doña Gloria Graciela Rosales Intriago, y don Carlos Colón Falcones Aguas, en
los que se ha dictado en fecha 19 de julio de 2019 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:
Que estimando la demanda formulada por procurador don Antonio Blasco Alabadi, en
nombre y representación de Bankia, S. A., contra doña Gloria Graciela Rosales Intriago, representada por la procuradora doña Arantxa Torrealday García, y contra don Carlos Colón
Falcones Aguas, debo condenar y condeno a estos a promover la inscripción de su matrimonio en el Registro Civil, aportando todos los documentos necesarios que sean precisos
para promover la referida inscripción, con imposición de costas a los demandados.
Contra la presente resolución, cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de
Madrid (artículos 458 y siguientes de la L. E. Civil), previa constitución de un depósito de 50
euros, en la cuenta 2542-0000-04-0677-18 de este órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en
la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de primera instancia número 48 de Madrid, y en el campo observaciones o
concepto se consignarán los siguientes dígitos 2542-0000-04-0677-18.
Así mismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012,
de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del codemandado don Carlos Colón Falcones Aguas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha
acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este Tribunal.
En Madrid, a 19 de julio de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/4.425/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE MARZO DE 2021
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
96
MADRID NÚMERO 48
EDICTO
Don Arsenio Castillo Gallego, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 48.
BOCM-20210315-96
Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 677/2018,
instados por procurador don Antonio Blasco Alabadi, en nombre y representación de Bankia,
S. A., contra doña Gloria Graciela Rosales Intriago, y don Carlos Colón Falcones Aguas, en
los que se ha dictado en fecha 19 de julio de 2019 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:
Que estimando la demanda formulada por procurador don Antonio Blasco Alabadi, en
nombre y representación de Bankia, S. A., contra doña Gloria Graciela Rosales Intriago, representada por la procuradora doña Arantxa Torrealday García, y contra don Carlos Colón
Falcones Aguas, debo condenar y condeno a estos a promover la inscripción de su matrimonio en el Registro Civil, aportando todos los documentos necesarios que sean precisos
para promover la referida inscripción, con imposición de costas a los demandados.
Contra la presente resolución, cabe interponer recurso de apelación, en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de
Madrid (artículos 458 y siguientes de la L. E. Civil), previa constitución de un depósito de 50
euros, en la cuenta 2542-0000-04-0677-18 de este órgano.
Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en
la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de primera instancia número 48 de Madrid, y en el campo observaciones o
concepto se consignarán los siguientes dígitos 2542-0000-04-0677-18.
Así mismo deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012,
de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del codemandado don Carlos Colón Falcones Aguas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha
acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en
la Secretaría de este Tribunal.
En Madrid, a 19 de julio de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
(02/4.425/20)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791