Madrid número 4 (BOCM-20210315-122)
Procedimiento 643/2019
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE MARZO DE 2021
Pág. 285
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
122
MADRID NÚMERO 4
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María José Villagrán Moriana, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado
de lo social número 4 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 643/2019 de este Juzgado de lo social,
seguido a instancias de don John Alexander Villegas Correa, frente a Gugol Nuevas Tecnologías, S. L., don José Ramos Fernández y Travel Transfers, S. L., sobre procedimiento
ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
Fallo
BOCM-20210315-122
Estimo en parte la demanda interpuesta por don John Alexander Villegas Correa, contra Travel Transfer, S. L., y Gugol Nuevas Tecnologías, S. L., y condeno a Travel Transfer, S. L., a hacerle pago de la cantidad de 2.376,06 euros, más el interés por mora del 10
por 100 anual, absolviendo a Gugol Nuevas Tecnologías, S. L.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al
tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de
depósitos y consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad bancaria Banco Santander,
sita en la calle Princesa, número 2, a) mediante ingreso número 2502 000000 número de autos
con 4v dígitos y año con 2, b) mediante transferencia IBAN ES 55 0049 3569 9200 0500 1274
en concepto 2502-0000-00, número de procedimiento con 4 dígitos y año con 2 dígitos, o presente aval solidario de entidad financiera por el mismo importe; depositando además la cantidad de 300 euros y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Travel Transfers, S. L., y Gugol Nuevas Tecnologías, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando
copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 17 de febrero de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/5.923/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE MARZO DE 2021
Pág. 285
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
122
MADRID NÚMERO 4
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María José Villagrán Moriana, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado
de lo social número 4 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento número 643/2019 de este Juzgado de lo social,
seguido a instancias de don John Alexander Villegas Correa, frente a Gugol Nuevas Tecnologías, S. L., don José Ramos Fernández y Travel Transfers, S. L., sobre procedimiento
ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
Fallo
BOCM-20210315-122
Estimo en parte la demanda interpuesta por don John Alexander Villegas Correa, contra Travel Transfer, S. L., y Gugol Nuevas Tecnologías, S. L., y condeno a Travel Transfer, S. L., a hacerle pago de la cantidad de 2.376,06 euros, más el interés por mora del 10
por 100 anual, absolviendo a Gugol Nuevas Tecnologías, S. L.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al
tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de
depósitos y consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad bancaria Banco Santander,
sita en la calle Princesa, número 2, a) mediante ingreso número 2502 000000 número de autos
con 4v dígitos y año con 2, b) mediante transferencia IBAN ES 55 0049 3569 9200 0500 1274
en concepto 2502-0000-00, número de procedimiento con 4 dígitos y año con 2 dígitos, o presente aval solidario de entidad financiera por el mismo importe; depositando además la cantidad de 300 euros y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Travel Transfers, S. L., y Gugol Nuevas Tecnologías, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando
copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 17 de febrero de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia
(firmado).
(03/5.923/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791