Santa Cruz de Tenerife número 4 (BOCM-20210315-245)
Procedimiento 60/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 432
LUNES 15 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 62
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
245
SANTA CRUZ DE TENERIFE NÚMERO 4
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN AUTO Y DECRETO
D. Francisco Martín Ortega, Letrado de la Administración de Justicia de este Juzgado de lo
Social nº 4 de Santa Cruz de Tenerife.
Hago saber: que en el procedimiento número 60/2020, en materia de despido disciplinario a instancia de Dª. María Mercedes Ojeda Ojeda, contra Idonea Cosmetica Inteligente
S.L., por SSª se ha dictado auto con fecha 15 de octubre de 2020, cuya parte dispositiva es
del tenor literal siguiente:
“Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de Dª. María Mercedes Ojeda Ojeda contra Idonea Cosmetica Inteligente S.L., por un principal de diez mil novecientos setenta y tres con cuarenta y tres euros(10.973,43 d), más dos mil ciento noventa y cinco euros (2.195 d) de intereses y de costas provisionales.
Se autoriza solicitar información patrimonial del ejecutado a la Administración Tributaria.”
Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición
en el plazo de tres días ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes
de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banco Santander
c/c ES55 0049 3569 92 0005001274 y a la clave 3797/0000/64/0060/20.
Así se acuerda, manda y firma por D./Dña. Sergio Calle Pérez, Magistrado juez del
Juzgado de lo Social Nº 4 de Santa Cruz de Tenerife.
El/la Magistrado juez”
-Por el Letrado de la Administración de Justicia se ha dictado decreto con fecha 15 de
octubre de 2020, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:
“Acuerdo:
1- El embargo de cantidades pendientes de devolución al ejecutado por parte de la
AEAT, así como de cantidades a la vista en entidades financieras adheridas al Convenio firmado con el CGPJ, a efectuar a través de la aplicación de Santander o del Punto Neutro Judicial en cantidad suficiente a cubrir la suma total por la que se despachó ejecución por importe total de 13.168,43 d.Hágase saber a la parte ejecutada que puede evitar el embargo si
efectúa el pago de las cantidades reclamadas ingresándolas en la Cuenta de Depósitos y
Consignaciones de esta Juzgado abierta en Santander en el num. de c/c ES55 0049 3569
92 0005001274 y a la clave 3797/0000/64/0060/20.- Decretar hasta cubrir la cantidad total de 13.168,43 d la retención y puesta a disposición de éste Juzgado, de las cantidades que
la/s entidad/es bancaria/s pudieran tener en cuentas de ahorro, crédito o cualquier otro pro-
BOCM-20210315-245
- Recábese información, a través del Punto Neutro Judicial, de las bases de datos de
las entidades y organismos a que este Juzgado tiene acceso y que deban tener constancia de
bienes o derechos susceptibles de embargo, y librése otros despachos que resulten necesarios a otros Organismos a fin de que remita/n a este órgano relación de bienes y derechos
de la parte ejecutada Idonea Cosmetica Inteligente S.L.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 432
LUNES 15 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 62
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
245
SANTA CRUZ DE TENERIFE NÚMERO 4
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN AUTO Y DECRETO
D. Francisco Martín Ortega, Letrado de la Administración de Justicia de este Juzgado de lo
Social nº 4 de Santa Cruz de Tenerife.
Hago saber: que en el procedimiento número 60/2020, en materia de despido disciplinario a instancia de Dª. María Mercedes Ojeda Ojeda, contra Idonea Cosmetica Inteligente
S.L., por SSª se ha dictado auto con fecha 15 de octubre de 2020, cuya parte dispositiva es
del tenor literal siguiente:
“Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a instancia de Dª. María Mercedes Ojeda Ojeda contra Idonea Cosmetica Inteligente S.L., por un principal de diez mil novecientos setenta y tres con cuarenta y tres euros(10.973,43 d), más dos mil ciento noventa y cinco euros (2.195 d) de intereses y de costas provisionales.
Se autoriza solicitar información patrimonial del ejecutado a la Administración Tributaria.”
Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición
en el plazo de tres días ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes
de ellos, intente interponer recurso de reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banco Santander
c/c ES55 0049 3569 92 0005001274 y a la clave 3797/0000/64/0060/20.
Así se acuerda, manda y firma por D./Dña. Sergio Calle Pérez, Magistrado juez del
Juzgado de lo Social Nº 4 de Santa Cruz de Tenerife.
El/la Magistrado juez”
-Por el Letrado de la Administración de Justicia se ha dictado decreto con fecha 15 de
octubre de 2020, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:
“Acuerdo:
1- El embargo de cantidades pendientes de devolución al ejecutado por parte de la
AEAT, así como de cantidades a la vista en entidades financieras adheridas al Convenio firmado con el CGPJ, a efectuar a través de la aplicación de Santander o del Punto Neutro Judicial en cantidad suficiente a cubrir la suma total por la que se despachó ejecución por importe total de 13.168,43 d.Hágase saber a la parte ejecutada que puede evitar el embargo si
efectúa el pago de las cantidades reclamadas ingresándolas en la Cuenta de Depósitos y
Consignaciones de esta Juzgado abierta en Santander en el num. de c/c ES55 0049 3569
92 0005001274 y a la clave 3797/0000/64/0060/20.- Decretar hasta cubrir la cantidad total de 13.168,43 d la retención y puesta a disposición de éste Juzgado, de las cantidades que
la/s entidad/es bancaria/s pudieran tener en cuentas de ahorro, crédito o cualquier otro pro-
BOCM-20210315-245
- Recábese información, a través del Punto Neutro Judicial, de las bases de datos de
las entidades y organismos a que este Juzgado tiene acceso y que deban tener constancia de
bienes o derechos susceptibles de embargo, y librése otros despachos que resulten necesarios a otros Organismos a fin de que remita/n a este órgano relación de bienes y derechos
de la parte ejecutada Idonea Cosmetica Inteligente S.L.