Madrid número 9 (BOCM-20210315-142)
Procedimiento 1019/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE MARZO DE 2021
Pág. 307
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
142
MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 9 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1019/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. JESUS GARCIA REY frente a MORENO SCIGLIANO HERAS
SA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA Nº: 44/2021
En Madrid a ocho de febrero de dos mil veintiuno.
Vistos por Dª Mª DEL CARMEN RODRIGO SÁIZ, Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social núm. 9 de Madrid, los presentes autos sobre DESPIDO seguidos en este Juzgado
bajo el núm. 1019/2020 entre las siguientes partes, de una y como demandante D. JESÚS
GARCÍA REY asistido del Letrado D. Jaime Rivera Calderón de otra como demandado la
empresa MORENO SCIGLIANO HERAS S.A que no comparece pese a estar citada en legal forma, habiendo sido parte EL FONDO DE GARANTÍA SALARIAL representado por
el Letrado D. Andrés Abellán-García Barbero.
EN NOMBRE DEL REY
Ha dictado la siguiente
SENTENCIA
FALLO
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique
la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario
del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el
beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta de
Consignaciones y Depósitos de este Órgano Judicial (IBAN ES55 0049 3569 9200 0500
1274), abierta en la entidad bancaria BANCO SANTANDER, sita en la calle Princesa nº 2
de Madrid, debiendo hacer referencia en concepto al nº de cuenta de Consignaciones de este
Juzgado número de cuenta 2507-0000-00-1019-20 con referencia de la entidad remitente y
la persona titular de la cuenta bancaria, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el
caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en dicha
cuenta de Depósitos y Consignaciones la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista,
incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.
BOCM-20210315-142
Que DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda formulada por D. JESÚS GARCÍA
REY contra la empresa MORENO SCIGLIANO HERAS S.A, habiendo sido parte EL
FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, DEBO DECLARAR Y DECLARO LA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO DE LA ACTORA, condenando a la parte demandada a que
abone en concepto de indemnización la suma de 27.228,21 euros, siendo la fecha de cese
de la relación el 21-2-20.
B.O.C.M. Núm. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE MARZO DE 2021
Pág. 307
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
142
MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 9 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1019/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. JESUS GARCIA REY frente a MORENO SCIGLIANO HERAS
SA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA Nº: 44/2021
En Madrid a ocho de febrero de dos mil veintiuno.
Vistos por Dª Mª DEL CARMEN RODRIGO SÁIZ, Magistrado-Juez del Juzgado de
lo Social núm. 9 de Madrid, los presentes autos sobre DESPIDO seguidos en este Juzgado
bajo el núm. 1019/2020 entre las siguientes partes, de una y como demandante D. JESÚS
GARCÍA REY asistido del Letrado D. Jaime Rivera Calderón de otra como demandado la
empresa MORENO SCIGLIANO HERAS S.A que no comparece pese a estar citada en legal forma, habiendo sido parte EL FONDO DE GARANTÍA SALARIAL representado por
el Letrado D. Andrés Abellán-García Barbero.
EN NOMBRE DEL REY
Ha dictado la siguiente
SENTENCIA
FALLO
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique
la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario
del Régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el
beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta de
Consignaciones y Depósitos de este Órgano Judicial (IBAN ES55 0049 3569 9200 0500
1274), abierta en la entidad bancaria BANCO SANTANDER, sita en la calle Princesa nº 2
de Madrid, debiendo hacer referencia en concepto al nº de cuenta de Consignaciones de este
Juzgado número de cuenta 2507-0000-00-1019-20 con referencia de la entidad remitente y
la persona titular de la cuenta bancaria, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como, en el
caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en dicha
cuenta de Depósitos y Consignaciones la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista,
incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.
BOCM-20210315-142
Que DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda formulada por D. JESÚS GARCÍA
REY contra la empresa MORENO SCIGLIANO HERAS S.A, habiendo sido parte EL
FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, DEBO DECLARAR Y DECLARO LA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO DE LA ACTORA, condenando a la parte demandada a que
abone en concepto de indemnización la suma de 27.228,21 euros, siendo la fecha de cese
de la relación el 21-2-20.