Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20210315-81)
Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 62
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE MARZO DE 2021
Pág. 231
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
81
RIVAS-VACIAMADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
“DECRETO
Visto lo dispuesto en el artículo 4.1.a), d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, que confiere a los Ayuntamientos la potestad de autoorganización. Teniendo en cuenta el artículo 21, apartados 1.a), 2 y 3 del mismo texto legal; el
artículo 24.b) del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que señala que corresponde al alcalde la organización de los servicios administrativos de la Corporación, y artículos 41.2, 43 y 44 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, y con el objeto de
que la actuación administrativa se adecúe a principios de racionalidad y eficacia.
Visto el Decreto de Alcaldía 5967/2019, de 23 de diciembre, esta Alcaldía-Presidencia, en uso de las facultades que le atribuye la Ley 7/1985, de 2 de abril; el Real Decreto
Legislativo 781/1986, de18 de abril, y Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre,
Modificar el Decreto de Alcaldía-Presidencia 5967/2019, de 23 de diciembre, en el siguiente sentido, manteniéndose en todos sus términos en lo no dispuesto en la presente
resolución:
Primero—En el apartado 2.3. Concejalía de Mantenimiento de la Ciudad: Delegar en
la Concejalía de Mantenimiento de la Ciudad las competencias que se relacionan a continuación y las concernientes a las materias delegadas, salvo las que expresamente se deleguen en otro órgano (unipersonal o colegiado):
Se revoca la delegación de la siguiente competencia:
f) Mantenimiento y gestión del Parque Agroecológico “Soto del Grillo”.
Segundo.—En el apartado 4.1. Concejalía de Desarrollo Económico y Empleo: Delegar en la Concejalía de Desarrollo Económico y Empleo las competencias que se relacionan a continuación y las concernientes a las materias delegadas, salvo las que expresamente se deleguen en otro órgano (unipersonal o colegiado):
Se revoca la delegación de la siguiente competencia:
e) Coordinación del proyecto de Parque Agroecológico de “Soto del Grillo”.
Tercero—En el apartado 2.2. Concejalía de Transición Ecológica: Delegar en la Concejalía de Transición Ecológica las competencias que se relacionan a continuación y las
concernientes a las materias delegadas, salvo las que expresamente se deleguen en otro órgano (unipersonal o colegiado):
Se delega la siguiente competencia:
h) Gestión del Parque Agroecológico “Soto del Grillo”.
Cuarto.—Dar traslado de la presente resolución a las Coordinadoras de Área de Ciudad Sostenible y de Cohesión Social y a la Concejalía de Mantenimiento de la Ciudad,
Concejalía de Desarrollo Económico y Empleo y Concejalía de Transición Ecológica.
Quinto.—Disponer la publicación del presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y en los tablones de anuncios municipales, dando cuenta del mismo al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre a fin de que quede enterado del mismo.
Rivas-Vaciamadrid, a 2 de marzo de 2021.—La secretaria general accidental, Silvia
Gómez Merino.
(03/7.658/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210315-81
RESUELVE
B.O.C.M. Núm. 62
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LUNES 15 DE MARZO DE 2021
Pág. 231
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
81
RIVAS-VACIAMADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
“DECRETO
Visto lo dispuesto en el artículo 4.1.a), d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, que confiere a los Ayuntamientos la potestad de autoorganización. Teniendo en cuenta el artículo 21, apartados 1.a), 2 y 3 del mismo texto legal; el
artículo 24.b) del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que señala que corresponde al alcalde la organización de los servicios administrativos de la Corporación, y artículos 41.2, 43 y 44 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, y con el objeto de
que la actuación administrativa se adecúe a principios de racionalidad y eficacia.
Visto el Decreto de Alcaldía 5967/2019, de 23 de diciembre, esta Alcaldía-Presidencia, en uso de las facultades que le atribuye la Ley 7/1985, de 2 de abril; el Real Decreto
Legislativo 781/1986, de18 de abril, y Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre,
Modificar el Decreto de Alcaldía-Presidencia 5967/2019, de 23 de diciembre, en el siguiente sentido, manteniéndose en todos sus términos en lo no dispuesto en la presente
resolución:
Primero—En el apartado 2.3. Concejalía de Mantenimiento de la Ciudad: Delegar en
la Concejalía de Mantenimiento de la Ciudad las competencias que se relacionan a continuación y las concernientes a las materias delegadas, salvo las que expresamente se deleguen en otro órgano (unipersonal o colegiado):
Se revoca la delegación de la siguiente competencia:
f) Mantenimiento y gestión del Parque Agroecológico “Soto del Grillo”.
Segundo.—En el apartado 4.1. Concejalía de Desarrollo Económico y Empleo: Delegar en la Concejalía de Desarrollo Económico y Empleo las competencias que se relacionan a continuación y las concernientes a las materias delegadas, salvo las que expresamente se deleguen en otro órgano (unipersonal o colegiado):
Se revoca la delegación de la siguiente competencia:
e) Coordinación del proyecto de Parque Agroecológico de “Soto del Grillo”.
Tercero—En el apartado 2.2. Concejalía de Transición Ecológica: Delegar en la Concejalía de Transición Ecológica las competencias que se relacionan a continuación y las
concernientes a las materias delegadas, salvo las que expresamente se deleguen en otro órgano (unipersonal o colegiado):
Se delega la siguiente competencia:
h) Gestión del Parque Agroecológico “Soto del Grillo”.
Cuarto.—Dar traslado de la presente resolución a las Coordinadoras de Área de Ciudad Sostenible y de Cohesión Social y a la Concejalía de Mantenimiento de la Ciudad,
Concejalía de Desarrollo Económico y Empleo y Concejalía de Transición Ecológica.
Quinto.—Disponer la publicación del presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y en los tablones de anuncios municipales, dando cuenta del mismo al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre a fin de que quede enterado del mismo.
Rivas-Vaciamadrid, a 2 de marzo de 2021.—La secretaria general accidental, Silvia
Gómez Merino.
(03/7.658/21)
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ISSN 1989-4791
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RESUELVE