Madrid número 3 (BOCM-20210315-121)
Ejecución 113/2020
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 284
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 62
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
121
MADRID NÚMERO 3
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARTA CIMADEVILLA ARGUELLO, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 3 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 113/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JUAN ANTONIO QUIJANO RODRIGUEZ frente a MP GRAMAR SL sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado las siguientes resoluciones:
AUTO
En Madrid, a veintiocho de enero de dos mil veintiuno.
PARTE DISPOSITIVA
SE DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL que unía a don
Juan Antonio Quijano Rodríguez y a la entidad mercantil MP GRAMAR SL a fecha de la
presente resolución, 28 de enero de 2021, condenando a la misma al abono de la suma de
11.904,75 euros en concepto de indemnización así como la suma de 23.310 euros por los
salarios de tramitación.
Se condena a la demandada a abonar a la demandante la cantidad de 2.742,07 euros en
concepto de salarios adeudados, con el interés prevenido en el artículo 29.3 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores.
MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que
no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en
la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por
transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2501-0000-64-011320 y para pagos en ventanilla 2501-0000-64-0113-20.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
D./Dña. FRANCISCO JOSÉ DEL POZO SÁNCHEZ.
EL MAGISTRADO-JUEZ
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintiocho de enero de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/6.049/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20210315-121
Y para que sirva de notificación en legal forma a MP GRAMAR SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de
Madrid.
Pág. 284
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 15 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 62
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
121
MADRID NÚMERO 3
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARTA CIMADEVILLA ARGUELLO, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 3 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 113/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JUAN ANTONIO QUIJANO RODRIGUEZ frente a MP GRAMAR SL sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado las siguientes resoluciones:
AUTO
En Madrid, a veintiocho de enero de dos mil veintiuno.
PARTE DISPOSITIVA
SE DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL que unía a don
Juan Antonio Quijano Rodríguez y a la entidad mercantil MP GRAMAR SL a fecha de la
presente resolución, 28 de enero de 2021, condenando a la misma al abono de la suma de
11.904,75 euros en concepto de indemnización así como la suma de 23.310 euros por los
salarios de tramitación.
Se condena a la demandada a abonar a la demandante la cantidad de 2.742,07 euros en
concepto de salarios adeudados, con el interés prevenido en el artículo 29.3 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores.
MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado
dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que
no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en
la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por
transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2501-0000-64-011320 y para pagos en ventanilla 2501-0000-64-0113-20.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
D./Dña. FRANCISCO JOSÉ DEL POZO SÁNCHEZ.
EL MAGISTRADO-JUEZ
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintiocho de enero de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/6.049/21)
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ISSN 1989-4791
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Y para que sirva de notificación en legal forma a MP GRAMAR SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de
Madrid.