D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20210313-20)
Convenio – Convenio de 15 de febrero de 2021, entre el Servicio Madrileño de Salud, y sus centros asistenciales adscritos y vinculados, los establecimientos Famicordon, S. A., Famicells Sàrl, y la empresa Famicordon, S. A., para la recogida y depósito de sangre de cordón umbilical con destino a uso autólogo o alogénico familiar
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 61
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 13 DE MARZO DE 2021
Pág. 51
ANEXO VI: - Protocolos relacionados con la información asistencial a
intercambiar
-
Información de biovigilancia: los incidentes de biovigilancia que resulten de las
operaciones de recogida, transporte, procesamiento y almacenamiento de las
unidades de SCU por parte de las empresas suscriptoras del presente convenio
deberán ser comunicados a través de su coordinador de biovigilancia a la coordinación
de trasplantes o coordinador de biovigilancia del centro extractor. Asimismo, se
cooperará eficazmente en la resolución de los incidentes de este tipo que pudieran
involucrar a la empresa.
-
Información del procesamiento/almacenamiento: Las empresas privadas suscriptoras
del presente convenio comunicarán al centro extractor, en el formato más adecuado
que se determine y con periocidad trimestral, la información relevante sobre el destino
de las unidades de SCU extraídas en cada uno de los centros sanitarios adscritos al
Servicio Madrileño de Salud. Dicha información dará cuenta de las unidades
desechadas y sus causas, de las transportadas y de las procesadas y almacenadas,
según fuera el caso.
BOCM-20210313-20
En virtud de lo establecido en el Real Decreto Ley 9/2014, de 4 de julio, y a efectos de lo
dispuesto en relación con los deberes de información relativos a los procesos de extracción y
procesamiento-almacenamiento de células y tejidos, las empresas suscriptoras del presente
convenio procederán a realizar trimestralmente una comunicación de la actividad realizada
que incluya, como mínimo, los siguientes aspectos:
B.O.C.M. Núm. 61
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 13 DE MARZO DE 2021
Pág. 51
ANEXO VI: - Protocolos relacionados con la información asistencial a
intercambiar
-
Información de biovigilancia: los incidentes de biovigilancia que resulten de las
operaciones de recogida, transporte, procesamiento y almacenamiento de las
unidades de SCU por parte de las empresas suscriptoras del presente convenio
deberán ser comunicados a través de su coordinador de biovigilancia a la coordinación
de trasplantes o coordinador de biovigilancia del centro extractor. Asimismo, se
cooperará eficazmente en la resolución de los incidentes de este tipo que pudieran
involucrar a la empresa.
-
Información del procesamiento/almacenamiento: Las empresas privadas suscriptoras
del presente convenio comunicarán al centro extractor, en el formato más adecuado
que se determine y con periocidad trimestral, la información relevante sobre el destino
de las unidades de SCU extraídas en cada uno de los centros sanitarios adscritos al
Servicio Madrileño de Salud. Dicha información dará cuenta de las unidades
desechadas y sus causas, de las transportadas y de las procesadas y almacenadas,
según fuera el caso.
BOCM-20210313-20
En virtud de lo establecido en el Real Decreto Ley 9/2014, de 4 de julio, y a efectos de lo
dispuesto en relación con los deberes de información relativos a los procesos de extracción y
procesamiento-almacenamiento de células y tejidos, las empresas suscriptoras del presente
convenio procederán a realizar trimestralmente una comunicación de la actividad realizada
que incluya, como mínimo, los siguientes aspectos: