Mejorada del Campo (BOCM-20210312-56)
Régimen económico. Ordenanza subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 60
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
MEJORADA DEL CAMPO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20210312-56
El Pleno del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, en sesión ordinaria celebrada el 25
de febrero de 2021, acordó aprobar inicialmente la ordenanza de modificación de la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Mejorada del Campo para la inclusión en el
anexo I, artículo 2.A) “Gastos subvencionables”, los gastos relacionados con la prevención e
higiene frente a la COVID-19 en los centros públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria de Mejorada del Campo.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 49 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local, el expediente de aprobación de la citada ordenanza se somete a
información pública por un período de treinta días hábiles a contar desde el día hábil siguiente a la fecha de publicación de este anuncio, durante el cual las personas con interés legítimo
podrán presentar reclamaciones y la ciudadanía en general podrá presentar sugerencias, en el
registro del Ayuntamiento de Mejorada del Campo o en cualquiera de los restantes lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y dirigidos a la Secretaría General del Ayuntamiento, en donde podrán examinar el expediente completo.
En el portal de transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento de Mejorada del
Campo (https://mejoradadelcampo.sedelectronica.es) se publicará, asimismo, un certificado del acuerdo de aprobación inicial con el texto íntegro aprobado inicialmente y los informes emitidos durante su tramitación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.e) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen
Gobierno.
En Mejorada del Campo, a 2 de marzo de 2021.—El alcalde-presidente, Jorge Capa
Carralero.
(03/7.584/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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VIERNES 12 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 60
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
MEJORADA DEL CAMPO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20210312-56
El Pleno del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, en sesión ordinaria celebrada el 25
de febrero de 2021, acordó aprobar inicialmente la ordenanza de modificación de la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Mejorada del Campo para la inclusión en el
anexo I, artículo 2.A) “Gastos subvencionables”, los gastos relacionados con la prevención e
higiene frente a la COVID-19 en los centros públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria de Mejorada del Campo.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 49 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local, el expediente de aprobación de la citada ordenanza se somete a
información pública por un período de treinta días hábiles a contar desde el día hábil siguiente a la fecha de publicación de este anuncio, durante el cual las personas con interés legítimo
podrán presentar reclamaciones y la ciudadanía en general podrá presentar sugerencias, en el
registro del Ayuntamiento de Mejorada del Campo o en cualquiera de los restantes lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y dirigidos a la Secretaría General del Ayuntamiento, en donde podrán examinar el expediente completo.
En el portal de transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento de Mejorada del
Campo (https://mejoradadelcampo.sedelectronica.es) se publicará, asimismo, un certificado del acuerdo de aprobación inicial con el texto íntegro aprobado inicialmente y los informes emitidos durante su tramitación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.e) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen
Gobierno.
En Mejorada del Campo, a 2 de marzo de 2021.—El alcalde-presidente, Jorge Capa
Carralero.
(03/7.584/21)
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ISSN 1989-4791