Madrid número 4 (BOCM-20210312-118)
Procedimiento 320/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 60
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE MARZO DE 2021
Pág. 223
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
118
MADRID NÚMERO 4
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 4 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 320/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. RAOUL GEORGE BODESCU frente a ESTET ROM RD SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
Estimo en parte la demanda interpuesta por Raoul George Bodescu contra Estet Rom
RD, S.L y el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), condenando a la empresa a hacer pago
al trabajador de la cantidad de 2661,96 euros más el interés por mora del 10 por 100 anual,
y absuelvo al FOGASA, sin perjuicio de sus responsabilidades legales
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los
cinco días hábiles siguientes al de la notificación del presente fallo, siendo indispensable que
al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del
beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta
de depósitos y consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad bancaria BANCO DE
SANTANDER, sita en la calle Princesa nº2 a) mediante ingreso nº 2502 000000 nº de autos
con 4v dígitos y año con 2, b) mediante transferencia IBAN ES 55 0049 3569 9200 0500 1274
en concepto 2502-0000-00, nº de procedimiento con 4 dígitos y año con 2 dígitos, o presente
aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe; depositando además la cantidad
de 300 euros y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ESTET ROM RD SL,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veinte de enero de dos mil veintiuno.
BOCM-20210312-118
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/5.761/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
118
MADRID NÚMERO 4
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA JOSÉ VILLAGRAN MORIANA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 4 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 320/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de
D./Dña. RAOUL GEORGE BODESCU frente a ESTET ROM RD SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
Estimo en parte la demanda interpuesta por Raoul George Bodescu contra Estet Rom
RD, S.L y el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), condenando a la empresa a hacer pago
al trabajador de la cantidad de 2661,96 euros más el interés por mora del 10 por 100 anual,
y absuelvo al FOGASA, sin perjuicio de sus responsabilidades legales
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los
cinco días hábiles siguientes al de la notificación del presente fallo, siendo indispensable que
al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del
beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta
de depósitos y consignaciones de este Juzgado, abierta en la entidad bancaria BANCO DE
SANTANDER, sita en la calle Princesa nº2 a) mediante ingreso nº 2502 000000 nº de autos
con 4v dígitos y año con 2, b) mediante transferencia IBAN ES 55 0049 3569 9200 0500 1274
en concepto 2502-0000-00, nº de procedimiento con 4 dígitos y año con 2 dígitos, o presente
aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe; depositando además la cantidad
de 300 euros y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ESTET ROM RD SL,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veinte de enero de dos mil veintiuno.
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