C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210312-29)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 548/2021, de 4 de marzo, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se modifica parcialmente el Plan Estratégico de la Dirección General de Juventud para la concesión de subvenciones durante los ejercicios 2020, 2021 y 2022, aprobado mediante Orden 304/2020, de 5 de febrero
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 60

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE MARZO DE 2021

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— Orden 805/2019, de 3 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de
subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de acciones formativas para jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal.
Tras modificar estas bases en 2020 para aclarar y delimitar algunos conceptos y para
permitir un reparto más eficiente del crédito entre un mayor número de proyectos, se prevé
llevar a cabo convocatorias anuales en el presente ejercicio presupuestario y en los dos próximos, de la misma forma que se convocaron para el ejercicio 2019.
En cuanto a las líneas de ayuda para campos de voluntariado juvenil, se aprobarán las correspondientes bases reguladoras, dirigidas a entidades locales y a entidades sin ánimo de lucro. Se prevé la realización de convocatorias anuales a partir del ejercicio presupuestario 2021.
B) Subdirección General de Coordinación y Promoción

2. Ámbito competencial
De conformidad con el artículo 26.1.24 de su Estatuto de Autonomía, Ley Orgánica 3/1983,
de 25 de febrero, la Comunidad de Madrid ostenta la competencia exclusiva para el desarrollo de políticas de promoción integral de la juventud.
En ejercicio de dicha competencia se dictó la Ley 8/2002, de 27 de noviembre, de Juventud, con el propósito de establecer un marco normativo para el desarrollo de las políticas
promovidas por la Comunidad de Madrid en favor de los jóvenes, para facilitar y mejorar su
desarrollo personal, familiar, social, educativo, económico, político y cultural, como ordena
el artículo 48 de la Constitución española, y generar las condiciones necesarias que posibiliten su transición hacia la vida adulta en todas sus dimensiones.
El artículo 2 fija los principios rectores de las políticas de juventud. Principios de valores democráticos, igualdad de oportunidades e integración, especialmente dirigidos a población joven que se encuentren en situación de desventaja social que se fomentan en términos
generales con estas ayudas planteadas.
El artículo 23 está dedicado a la dinamización del asociacionismo, con el fin de facilitar la participación de los jóvenes en la sociedad y fomentar una conciencia de responsabilidad social, fines para los que cabe intervenir como se indica, mediante ayudas públicas sin
perjuicio de otros instrumentos.

BOCM-20210312-29

1. Introducción
Dentro de la Dirección General de Juventud, la Subdirección General de Coordinación
y Promoción tiene como objetivo desarrollar programas, bien directamente o bien en colaboración con municipios, para favorecer en la juventud el ocio y tiempo libre. Haciendo una
lectura de la diversidad existente entre los 179 municipios que forman parte de la Comunidad de Madrid, los jóvenes que pertenecen a las zonas más rurales encuentran más dificultad a la hora de acceder en su tiempo libre a ocio y cultura. Los municipios más modestos
tienen en ocasiones dificultad para ofrecer alternativas a las corrientes de ocio mayoritario
que corren el riesgo de adoptar los jóvenes, y que van unidas a conductas poco saludables
ligadas en la mayor parte de las ocasiones al consumo de alcohol. Poner los medios necesarios para revertir esta situación forma parte de una política de juventud, y para ello se han
previsto dos líneas de ayudas convergentes, que están dirigidas a los municipios con menor
población y con menor número de recursos disponibles. Por una parte, se van a cofinanciar
las inversiones de capítulo 6 en los ayuntamientos que decidan rehabilitar y dotar las infraestructuras destinadas a juventud, y por otra parte se van a cofinanciar las actividades de
participación y acercamiento a los jóvenes desde los municipios que tengan por objetivo generar espacios de participación y debate en cuestiones de interés juvenil.
Asimismo, se regula una subvención dirigida a las entidades juveniles que persiguen fomentar el desarrollo desde las asociaciones de proyectos de sensibilización, participación, debate y difusión entre los jóvenes. Se pretende, además, priorizando a través de los criterios de
valoración, promover la pertenencia de las asociaciones juveniles a la Red de Centros de Información Juvenil. Los proyectos que se financien deben tratar los objetivos de la Estrategia
Europea de Juventud aprobada por la Comisión Europea para los años 2019-2027. Estos objetivos fueron definidos por los jóvenes europeos en un proceso de consulta y participación.
Por último, en lo referente a los premios destacar que su objeto es reconocer, apoyar y
promover la labor de los jóvenes que participan y colaboran en proyectos de la más variada naturaleza y repercusión social. La finalidad fundamental es distinguir y dar visibilidad
a las capacidades, valores y cualidades de los jóvenes.