C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CIENCIA, UNIVERSIDADES E INNOVACIÓN (BOCM-20210312-30)
Concesión ayudas – Orden 63/2021, de 23 de febrero, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se conceden dos ayudas reguladas a través del procedimiento de concesión directa para el año 2021 de las ayudas vinculadas a la aplicación de la disposición adicional decimotercera del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 78
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 60
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación
30
ORDEN 63/2021, de 23 de febrero, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se conceden dos ayudas reguladas a través del procedimiento de concesión directa para el año 2021 de las ayudas vinculadas a la aplicación
de la disposición adicional decimotercera del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de
marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito
social y económico para hacer frente al COVID-19.
Vista la Orden 255/2020, de 21 de diciembre, del Consejero de Ciencia, Universidades
e Innovación, por la que se establece la regulación del procedimiento de concesión directa, en
aplicación de lo dispuesto en el artículo 22.2.b) de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el 4.5.b) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, de las ayudas derivadas de la aplicación de la disposición adicional decimotercera del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas
urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
Comprobado que las solicitudes cumplen con los requisitos expuestos en los apartados
cuarto y décimo de dicha Orden.
En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes.
RESUELVO
Primero
Conceder las ayudas a los beneficiarios que se citan en el anexo de esta Orden destinada a financiar los costes laborales y de seguridad social derivados de las prórrogas de contratos de duración determinada que fueron suscritos con personal investigador en el marco
de la siguiente convocatoria:
— Orden 2020/2018, de 4 de junio, del Consejero de Educación e Investigación, por
la que se convocan ayudas para la contratación de ayudantes de Investigación y
Técnicos de Laboratorio cofinanciadas por el Fondo Social Europeo a través del
Programa Operativo de Empleo Juvenil y la Iniciativa de Empleo Juvenil (YEI).
Se subvencionarán las prórrogas de aquellos contratos cuya fecha de finalización esté
comprendida entre el 1 de enero y el 1 de abril de 2021, concediéndose dos prórrogas de
contratos de ayudantes de investigación, por un total de 11.156,84 euros.
Segundo
Tercero
El pago de las ayudas se realizará por anticipado tras la notificación de la resolución
de concesión, sin que sea necesario presentar aval bancario o garantía alguna, de conformidad con lo previsto en el artículo 16.1.c) de la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la
Investigación Científica y la Innovación Tecnológica.
En todo caso, el pago estará condicionado a que exista constancia de que la entidad beneficiaria cumple los requisitos señalados en los artículos 34.4 y 34.5 de la Ley General de
BOCM-20210312-30
La cuantía de las ayudas se ha determinado en función de la duración de la prórroga
del contrato subvencionado y los importes previstos en la convocatoria de ayudas correspondiente:
— Ayudantes de investigación: 61,64 euros/día.
El importe del gasto destinado a las prórrogas de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio es de 11.156,84 euros que se financiarán con cargo al subconcepto 78200
del programa 466 A del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid.
Pág. 78
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE MARZO DE 2021
B.O.C.M. Núm. 60
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación
30
ORDEN 63/2021, de 23 de febrero, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se conceden dos ayudas reguladas a través del procedimiento de concesión directa para el año 2021 de las ayudas vinculadas a la aplicación
de la disposición adicional decimotercera del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de
marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito
social y económico para hacer frente al COVID-19.
Vista la Orden 255/2020, de 21 de diciembre, del Consejero de Ciencia, Universidades
e Innovación, por la que se establece la regulación del procedimiento de concesión directa, en
aplicación de lo dispuesto en el artículo 22.2.b) de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el 4.5.b) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, de las ayudas derivadas de la aplicación de la disposición adicional decimotercera del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas
urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
Comprobado que las solicitudes cumplen con los requisitos expuestos en los apartados
cuarto y décimo de dicha Orden.
En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes.
RESUELVO
Primero
Conceder las ayudas a los beneficiarios que se citan en el anexo de esta Orden destinada a financiar los costes laborales y de seguridad social derivados de las prórrogas de contratos de duración determinada que fueron suscritos con personal investigador en el marco
de la siguiente convocatoria:
— Orden 2020/2018, de 4 de junio, del Consejero de Educación e Investigación, por
la que se convocan ayudas para la contratación de ayudantes de Investigación y
Técnicos de Laboratorio cofinanciadas por el Fondo Social Europeo a través del
Programa Operativo de Empleo Juvenil y la Iniciativa de Empleo Juvenil (YEI).
Se subvencionarán las prórrogas de aquellos contratos cuya fecha de finalización esté
comprendida entre el 1 de enero y el 1 de abril de 2021, concediéndose dos prórrogas de
contratos de ayudantes de investigación, por un total de 11.156,84 euros.
Segundo
Tercero
El pago de las ayudas se realizará por anticipado tras la notificación de la resolución
de concesión, sin que sea necesario presentar aval bancario o garantía alguna, de conformidad con lo previsto en el artículo 16.1.c) de la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la
Investigación Científica y la Innovación Tecnológica.
En todo caso, el pago estará condicionado a que exista constancia de que la entidad beneficiaria cumple los requisitos señalados en los artículos 34.4 y 34.5 de la Ley General de
BOCM-20210312-30
La cuantía de las ayudas se ha determinado en función de la duración de la prórroga
del contrato subvencionado y los importes previstos en la convocatoria de ayudas correspondiente:
— Ayudantes de investigación: 61,64 euros/día.
El importe del gasto destinado a las prórrogas de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio es de 11.156,84 euros que se financiarán con cargo al subconcepto 78200
del programa 466 A del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid.