Madrid número 44 (BOCM-20210311-154)
Procedimiento 156/2020
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 59

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE MARZO DE 2021

Pág. 361

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
154

MADRID NÚMERO 44
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA TERESA DIAZ ORTEGA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 44 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 156/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. ION GHIMPU frente a D./Dña. GEORGE IONUT sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
“Que ESTIMANDO COMO ESTIMO la demanda formulada por D. ION GHIMPU frente a D. GEORGE IONUT DEBO CONDENAR Y CONDENO al demandado a abonar a aquel
la cantidad de OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO EUROS CON SETENTA
Y CUATRO CÉNTIMOS DE EURO (8.534,74 euros), con el recargo del artículo 29.3 LET.
Se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.
Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al
tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta con nº 00495484-0000-69-0156-20 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la
condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga
constar la responsabilidad solidaria del avalista.”
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. GEORGE IONUT, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a quince de febrero de dos mil veintiuno.

BOCM-20210311-154

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/5.507/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791